Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: NOVELLE , FEDERICO JUAN MANUEL s/HURTO DAMNIFICADO: CAMPOS , ALAN NAHUEL
El Ministerio Público Fiscal ofreció y acordó juicio abreviado por hurto contra Federico Juan Manuel Novelle. El Tribunal Oral condenó a Novelle a dos meses de prisión de cumplimiento efectivo y lo declaró reincidente, fundando la pena en la admisión del hecho y en sus antecedentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: El Ministerio Público Fiscal, representado por el Auxiliar Fiscal Dr. Andrés Esteban Madrea.
Demandado: Federico Juan Manuel Novelle (DNI 30.407.468).
Objeto: Se le atribuye la autoría del delito de hurto simple por la sustracción de un teléfono celular iPhone 13 ocurrido el 28/06/2026 en Esmeralda 1022, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; se propuso juicio abreviado y la imposición de pena.
Decisión: Se condenó a Novelle como autor del delito de hurto a la pena de dos meses de prisión de cumplimiento efectivo, se lo declaró reincidente, y se fijó el vencimiento de la pena el 27/08/2026; además se le imponen costas procesales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Dijo que Federico Juan Manuel Novelle, con la correspondiente asistencia letrada, había prestado conformidad con la existencia del hecho y la participación que se le atribuye, tal como se describiera en el requerimiento de elevación a juicio obrante en la causa. Solicitó que se imponga al nombrado la pena de dos meses de prisión y costas del proceso, con más declaración de reincidencia habida cuenta de sus antecedentes certificados en autos, ello por considerarlo autor penalmente responsable del delito de hurto simple (arts. 5, 29 inc. 3º, 45, 50 y 162 del Código Penal de la Nación, y arts. 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación)."
"El 28 de junio de 2026, a las 13:30 horas, Federico Juan Manuel Novelle ingresó al comercio ubicado en la calle Esmeralda 1022 de esta ciudad y sustrajo un teléfono celular marca iPhone 13 perteneciente a Alan Nehuen Campos... Momentos después, Campos advirtió que un sujeto se retiraba del local y, al dirigirse a buscar el aparato, constató que había sido sustraído. De inmediato comenzó a rastrear el dispositivo mediante el sistema de geolocalización... En ese contexto, el sujeto emprendió la fuga y arrojó el teléfono debajo de un vehículo estacionado a pocos metros del lugar, donde fue recuperado por el personal policial. Poco después, los preventores lograron interceptar e identificar a Federico Juan Manuel Novelle en la intersección de la calle Salta y la avenida Juan de Garay. El teléfono recuperado fue posteriormente reconocido y desbloqueado por Alan Nehuen Campos, quien acreditó de ese modo su propiedad."
"Por considerar procedente el acuerdo mencionado, se llamó a autos para dictar sentencia, quedando la causa en condiciones de ser fallada (artículo 431 bis, inciso 3°, del Código Procesal Penal de la Nación)."
"Que el hecho que se tiene por acreditado debe ser encuadrado en el tipo penal de hurto, por el que Novelle deberá responder en carácter de autor de acuerdo a lo normado en los artículos 42, 45 y 162 del Código Penal de la Nación. Surge claro el propósito de apoderamiento desde el mismo momento en que Novelle agarró el celular apoyado sobre el mostrador de un comercio que, es evidente, sabía le era ajeno... En tanto pudo caminar unas cuadras con el móvil en su poder, sin ser visto por su dueño, el delito se consumó pues tuvo posibilidad de disponer del bien."
"A esos efectos se toma en consideración, habida cuenta las pautas mensurativas prescriptas por los artículos 40 y 41 del Código Penal, como atenuantes su confesión que facilitó la administración de justicia. Empero, como agravantes, se debe ponderar, su reiterada trasgresión a la norma, principalmente contra la propiedad ajena, amén del fracaso de las anteriores sanciones a los fines de su prevención especial. Por lo expuesto, entiendo ajustada a la magnitud del hecho y la culpabilidad del acusado una sanción de dos meses de prisión acordada; la que será de efectivo cumplimiento, debido a los antecedentes condenatorios que registra."
"Ello así por cuanto fue condenado por sentencia firme del 4 de julio del 2025 a cumplir la pena de un mes de prisión con más la declaración de reincidente... por lo que se dan los requisitos para una nueva declaración de reincidencia."
Resolución principal: "1°) Condenar a Federico Juan Manuel Novelle a la pena de dos meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas, como autor del delito de hurto... 2º) Declarar a Federico Juan Manuel Novelle nuevamente reincidente... 3°) Declarar que la pena impuesta a Federico Juan Manuel Novelle vencerá el veintisiete de agosto de dos mil veintiséis (27-08-2026), debiendo hacerse efectiva su libertad al mediodía de esa fecha (arts. 24 y 77 del Código Penal)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: