Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PETERS, NICOLAS FERNANDO Y OTRO s/ROBO DAMNIFICADO: GORELIK, CAMILA ANASTASIA
Dos imputados fueron juzgados mediante juicio abreviado por tentativa de robo en un vehículo y se acordó la pena solicitada por el Ministerio Público Fiscal. La Cámara Oral N°22 condenó a ambos como coautores y declaró la reincidencia de los mismos, aplicando pena efectiva y, respecto de uno, pena única por acumulación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Marcelo Martínez Burgos.
Demandado: Nicolás Fernando Peters y Kevin Alexander Guzmán Quiróz (imputados).
Objeto: Se imputó tentativa de robo simple (apoderamiento mediante fuerza en las cosas) ocurrido el 16 de julio de 2026, consistente en la rotura del vidrio trasero de un Ford Ka y sustracción de una valija con indumentaria femenina; se solicitó la aprobación de un acuerdo de juicio abreviado por penas de cinco meses de prisión de cumplimiento efectivo para cada uno y, para Guzmán Quiroz, la revocación de la condicionalidad y unificación con pena previa.
Decisión: Se homologó el procedimiento abreviado y se condenó a ambos como coautores del delito de robo en grado de tentativa. A cada uno se le impuso cinco meses de prisión de cumplimiento efectivo; además, a Guzmán Quiroz se le impuso pena única de un año y once meses (revocando la condicionalidad anterior) y a ambos se los declaró reincidentes. Se ordenaron costas y disposiciones sobre bienes secuestrados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Se les imputa a Kevin Alexander Guzmán Quiróz y a Nicolás Fernando Peters '…el haber intentado apoderarse ilegítimamente, el día 16 de julio de 2026 a las 02.15 horas aproximadamente, de una valija de color negra con rueditas -la cual contenía indumentaria de mujer en su interior
- que se encontraba en el interior del rodado marca Ford Ka dominio AC751FY, año 2018 propiedad de Camila Anatasia Gorelik...'"
"A esta altura, considero que las pruebas reseñadas y el reconocimiento de los hechos por parte de los imputados, efectuado de conformidad a lo dispuesto por el artículo 431 bis, apartado segundo, del Código Procesal Penal de la Nación, acreditan fehacientemente tanto la materialidad de los hechos y el grado de responsabilidad que les cupo, sin que se aprecien evidencias que indiquen la necesidad de tener un mejor conocimiento del suceso."
"El hecho analizado constituye el delito de robo (artículo 164 del Código Penal de la Nación)... Para ello, rompieron el vidrio del rodado, con lo que queda configurado el elemento que el tipo penal seleccionado requiere, pues ese modo de actuar, implicó el ejercicio de fuerza en las cosas. En cuanto al grado del iter criminis, ha quedado en grado de tentativa..."
"Como atenuantes, se tiene en cuenta la buena impresión causada en la audiencia y el reconocimiento de los hechos. Como agravante, se tiene en cuenta la multiplicidad de intervinientes, el aprovechamiento de la nocturnidad para perpetrar el hecho, y el daño ocasionado en el vehículo de la damnificada."
"Se verifica, que la fecha de comisión del delito reprochado en el marco del presente procesos data del 16 de julio de 2026, esto es, dentro de los cuatro años a partir del dictado –y su firmeza
- de la condena de cumplimiento en suspenso impuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n°19, por lo que debe revocarse la condicionalidad de esa pena impuesta de conformidad con lo establecido en el artículo 27 del Código Penal de la Nación)."
"El legislador, al sustituir el sistema de la 'reincidencia real' por el de la 'reincidencia ficta', estableció que basta la existencia de una condena firme previa, sin importar si fue de efectivo cumplimiento o de ejecución condicional, para que la ulterior condena torne aplicable la declaración de reincidencia."
Sentencia resolutiva (extracto):
"I. CONDENAR a KEVIN ALEXANDER GUZMAN QUIROZ ... a la pena de CINCO MESES DE PRISIÓN... II. IMPONER a KEVIN ALEXANDER GUZMAN QUIROZ la PENA ÚNICA de UN AÑO Y ONCE MESES DE PRISIÓN ... III. DECLARAR REINCIDENTE a KEVIN ALEXANDER GUZMAN QUIROZ... V. CONDENAR a NICOLAS FERNANDO PETERS ... a la pena de CINCO MESES DE PRISIÓN... VI. DECLARAR REINCIDENTE a NICOLAS FERNANDO PETERS... VII. FIJAR como fecha de vencimiento de la pena impuesta a NICOLAS FERNANDO PETERS, el quince de diciembre de dos mil veintiséis (15/12/2026). VIII. Devolver... DESTRUIR el pedazo de baldosa..."
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