CASIVA, ALEJANDRO ARIEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió recurso contra la resolución de la Comisión Médica N°10 que concluyó ausencia de incapacidad por accidente laboral del 13/05/2024. El Juzgado confirmó la decisión administrativa sosteniendo la eficacia probatoria del informe pericial que concluye que “no presenta secuelas como consecuencia del accidente sufrido”.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CASIVA, ALEJANDRO ARIEL.
Demandado: PROVINCIA ART S.A.
Objeto: Se impugna la resolución de la Comisión Médica N°010 que determinó que el accionante no presenta incapacidad derivada del accidente de trabajo sufrido el 13/05/2024; se alega atrofia testicular izquierda, hematocele organizado y disfunción sexual post-traumática.
Decisión: Se confirmó lo resuelto por la Comisión Médica Nro. 10 (no existencia de incapacidad). Se impusieron costas por su orden y las comunes por mitades. Se regulan honorarios por las sumas indicadas en UMA.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
"Del informe presentado por el experto el 07/06/2026 surge que, mediante examen físico y los estudios practicados al accionante, dictaminó, con base en los antecedentes de interés médico legal obrantes en autos, que el actor '…no presenta secuelas como consecuencia del accidente sufrido…'. (cfr. Baremo 659/96)"
"Otorgo al dictamen referido eficacia probatoria en sus aspectos fundamentales, atento que se funda en principios técnicos y argumentos científicos, así como en consideraciones basadas en exámenes clínicos y complementarios realizados al accionante. Destaco que la impugnación presentada por la parte actora de fecha 09/06/2026, a mi juicio, no logra conmover la contundencia de las conclusiones de la pericia, toda vez que se presenta como mera objeción fundada en disconformidad con lo constatado por el perito médica y en tanto que -en mi ver
- ha sido satisfactoriamente respondida por el idóneo (art. 386 y 477 CPCCN)."
"En ese marco, no habiéndose acreditado la incapacidad laborativa invocada por la parte actora como fundamento para interponer el presente recurso, estimo que corresponde confirmar lo decidido en la instancia administrativa previa."
(Fallo) "1) Confirmar lo decidido en la instancia administrativa por la Comisión Médica Nro. 10 Delegación de la Ciudad de Buenos Aires; 2) Costas por su orden y las comunes por mitades; 3) ... se regulan los honorarios ... en 10 UMA ($1.020.760) 12 UMA ($1.224.912) y 7 UMA ($714.532.-) ..."
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