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PLAZA, MARIANO ALFONSO c/ GALENO ART SA Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo y reclamó la determinación de incapacidad y el pago de prestaciones por enfermedades profesionales contra la aseguradora Galeno ART S.A. La Cámara confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y condenó a la aseguradora al pago reconocido, manteniendo la actualización e intereses conforme a la doctrina de la Sala.

Accidente de trabajo Incapacidad 28 8% (to) Ley 24.557 Enfermedades profesionales Galeno art s.a. Decreto 669/19 Indice ripte Reformatio in pejus Inconstitucionalidad ley 23.928 Costas y honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Mariano Alfonso Plaza. Demandado: Galeno ART S.A. (seguida exclusivamente contra la aseguradora en los términos de la Ley 24.557; acciones civiles a favor de los demás demandados desistidas). Objeto: Determinación de incapacidad laboral y percepción de prestaciones del régimen reparatorio de las Leyes 24.557 y 26.773 por enfermedades profesionales (hernia inguinal, hemorroides, cervicalgia, lumbociatalgia, lesiones en la vista, pérdida auditiva y problemas psicológicos) derivadas de su tarea como chofer de transporte de productos lácteos para Mastellone Hnos. SA. Decisión: Confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de los artículos 7° y 10 de la Ley 23.928 y condenó a la aseguradora a abonar $158.103,83 con más su actualización e intereses. Impuso costas a la demandada apelante y reguló honorarios de los profesionales de alzada en un 30% de lo asignado en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como en el fallo): "A partir del peritaje médico producido en la causa se tuvo por acreditada la existencia de una incapacidad psicofísica del 28,8% (TO), por secuelas en la columna cervical y lumbar; en el campo visual, en la pared abdominal y una reacción vivencial anormal neurótica II (RVAN II), relacionadas causalmente con las tareas efectuadas por el trabajador." "La magistrada declaró la inconstitucionalidad de los artículos 7° y 10 de la Ley 23.928 y, en consecuencia, condenó a la aseguradora a abonar a la actora la suma de $158.103,83, con más su actualización e intereses." "Considero que el agravio no prospera puesto que lo hallo desierto (artículo 116, LO). En este sentido, las posiciones y argumentaciones vertidas por la demandada en su recurso carecen de una crítica concreta y razonada de la sentencia apelada, puesto que soslaya un fundamento esencial esgrimido en el pronunciamiento de grado, referido al reconocimiento de los hechos relatados en la demanda, incluidas las tareas." "En virtud de ello, correspondería establecer que el capital de condena debería actualizarse de acuerdo con las previsiones introducidas por el decreto 669/19... Así, el capital de condena a valores vigentes a la fecha de exigibilidad debería actualizarse de acuerdo a la variación del índice RIPTE ... Al capital así obtenido, se le sumaría un interés moratorio puro del 6% anual desde la fecha antedicha hasta que se practique en primera instancia la liquidación." "Sin embargo, el empleo de dicho desenlace en el caso bajo juzgamiento, tornaría más gravoso el escenario de la condenada, única recurrente sobre la temática, resultado que -a su vez
- derivaría en la comisión de una indebida reforma en perjuicio de aquella (reformatio in pejus)..." Votos: El voto mayoritario (Dr. Enrique Catani) y adhesión de la Dra. Gabriela A. Vázquez. No se registran votos en disidencia.

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