VERA RUIZ MARIA ORIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su pensión derivada de retiro por invalidez. El Juzgado hizo lugar al reclamo ordenando la recalculación del haber y el pago de los retroactivos conforme a precedentes de la Corte, con algunas limitaciones por prescripción y declaración de inconstitucionalidad de la Resolución SSS 6/09, imponiendo costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: VERA RUIZ MARIA ORIANA (parte actora).
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Objeto: Reajuste del haber de pensión derivada de retiro por invalidez, actualización de remuneraciones/ rentas tomadas para el ingreso base, reconocimiento de retroactivos y declaración de inconstitucionalidad de normas/reglamentos vinculados a la determinación y movilidad de haberes previsionales.
Decisión: Se hizo lugar en lo principal: ordenar a ANSES la recalculación del haber y el pago de los retroactivos conforme a las pautas y precedentes citados (p. ej. "Blanco", "Elliff", "Etchart", "Deprati", "Pellegrini"), con liquidación sin descuentos por Impuesto a las Ganancias, imponiendo las costas a ANSES. Se hizo lugar parcialmente a la defensa de prescripción. Se declaró inconstitucional el art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09. Se difirió el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 para la ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto."
- "Que en tales condiciones, toda vez que no resulta razonable privar al actor del mínimo de ingresos garantizado por el Estado Nacional al resto de los pasivos comprendidos en el sistema único de jubilaciones, corresponde reconocer su derecho a percibir de la Anses las sumas necesarias para que su prestación alcance dicho mínimo vital." (cita del considerando 17º de Etchart, citada por el tribunal)
- "Conforme lo cual, corresponde seguir los lineamientos precedentemente indicados y disponer que la Anses, al momento de abonar las sumas que pudieran resultar por medio de la presente, se abstenga de formular descuento alguno por Impuesto a las Ganancias, haciendo extensivo lo dispuesto por la CSJN en la causa 'García María Isabel'."
- "Las diferencias a favor del actor deberán abonársele sin merma alguna. Esto así, de acuerdo a lo resuelto por el Alto Tribunal en la causa 'Pellegrini, Américo c/ Anses s/ reajustes varios' del 28.11.2006 ... autorizar una quita en la movilidad que se reconoce resultaría contradictoria, admitiendo un reajuste por un lado y deduciendo sumas por el otro reduciendo indebidamente su prestación."
- Sobre prescripción y alcance temporal: el tribunal analizó la procedencia del pedido desde dos años previos a la interposición del reclamo administrativo, tomando como límite la fecha de adquisición del derecho (18/03/2002), y resolvió hacer lugar a la defensa de prescripción en términos parcialmente dispuestos.
- Sobre inconstitucionalidades generales, rechazo por falta de acreditación de perjuicio concreto: "El interesado en la declaración de inconstitucionalidad de una norma debe demostrar claramente de qué manera ésta contraría la Constitución Nacional ... resultando insuficiente la invocación de agravios meramente conjeturales" (cita jurisprudencial).
- Votos en disidencia: no constan votos en disidencia en la sentencia.
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