Logo

ZAHR, INES c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La actora impugnó la determinación del Aporte Solidario Extraordinario (Ley 27.605) por presunta donación de dinero y títulos en 2020. La Cámara confirmó la resolución del Tribunal Fiscal que, por falta de trazabilidad y “seria confusión patrimonial”, consideró no probado el desapoderamiento y mantuvo la inclusión de esos bienes en la base del aporte.

Aporte solidario extraordinario Ley 27.605 Donacion Trazabilidad Confusion patrimonial Presuncion de ardid Tribunal fiscal de la nacion Afip Recurso de apelacion Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Inés Zahr. Demandado: Dirección General Impositiva (AFIP-DGI) / Dirección Regional Centro (actual ARCA) y Tribunal Fiscal de la Nación (por haber confirmado la resolución). Objeto: Recurso directo contra la resolución que determinó la obligación de ingresar el Aporte Solidario y Extraordinario (ASE, Ley 27.605) por el período 2020, por considerar que una donación a su hija efectivizó el desapoderamiento de activos (u$s1.200.000 y $4.559.898,32) y por la afectación del cálculo de la base del ASE. Decisión: Se rechazó la apelación de la actora y se confirmó la resolución del Tribunal Fiscal de la Nación de fecha 27/02/2026 que incluyó los bienes en la base de cálculo del ASE. Se impusieron las costas a la recurrente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- Sobre la documentación y la trazabilidad: “tal como indicó el organismo fiscal, ‘no surge otro dato adicional que permita la correcta identificación de los fondos donados, ni establecer las cuentas de las que proviene el dinero, bonos y títulos valores’.”
- Sobre la confusión patrimonial y las inconsistencias: “Los elementos enumerados evidencian ‘una seria confusión patrimonial entre la Sra. Zahr Inés y su hija’, ‘ya que a simple vista se puede observar que ambas podrían resultar ser cotitulares de las cuentas que mencionan’.” Asimismo, el tribunal señaló que “la falta de cumplimiento de las formalidades y detalle en el acto de donación, sumada ‘a una serie de inconsistencias y discordancias conlleva [sic] a concluir que tal y como fue plasmada la donación en la escritura adolece de mínimos elementos que acrediten efectivamente el traspaso o transferencia de ese dinero y/o instrumentos financieros a M. Victoria Grande’.”
- Sobre la carga probatoria y la presunción legal: el tribunal sostuvo que la actora “no logró probar la ausencia de ardid en la donación que realizó a favor de su hija, habiéndola hecho, además, dentro de los 180 días que marca la ley corresponde incluir dichos activos financieros y dinero en el cálculo de la base para determinar el aporte solidario”.
- Conclusión resolutoria: “Rechazar la apelación de la parte actora y confirmar la resolución del 27/2/2026 del Tribunal Fiscal de la Nación; Imponer las costas de esta instancia a la recurrente vencida (art. 68, 2° párrafo, CPCCCN).”

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar