SALINAS, MARCELO DIEGO Y OTROS c/ EN-DIRECCION DE INTELIGENCIA DE FUERZAS AEREA ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores promovieron acción vinculada con ejecución y regulación de honorarios profesionales en el marco de personal militar y civil de las FFAA. La Cámara confirmó la regulación de fs. 201/202 respecto de los honorarios del Dr. Fabián Pablo Wicnudel y aclaró que no se incluyó IVA, debiendo la obligada depositar dicho tributo si se acredita la condición de responsable inscripto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SALINAS, MARCELO DIEGO y otros.
Demandado: EN
- DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA DE FUERZA AÉREA ARGENTINA.
Objeto: ejecución y regulación de honorarios por trabajos realizados; regulación de los honorarios del Dr. Fabián Pablo Wicnudel (ejecución de honorarios, por derecho propio).
Decisión: Se confirmó la regulación de fs. 201/202 de los honorarios del Dr. Fabián Pablo Wicnudel por los trabajos realizados en la ejecución de honorarios, por derecho propio; se dejó aclarado que en los importes no está incluida suma alguna en concepto de IVA y que la obligada deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo si los beneficiarios acreditan su condición de responsables inscriptos.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Teniendo en cuenta el resultado del proceso y el monto del juicio (ver sentencia de trance y remate de fs. 175), corresponde CONFIRMAR la regulación de fs. 201/202 de los honorarios del Dr. Fabián Pablo Wicnudel, por los trabajos realizados por la ejecución de honorarios, por derecho propio, por haber sido apelados únicamente por bajos (arts. 16, 20, 21, 41 y ccdtes. de la ley 27.423 y resolución SGA 1785/2026 CSJN)."
"Cabe dejar aclarado, que en los importes en cuestión no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realicen los beneficiarios-, la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo, en el monto del pago. ASÍ SE RESUELVE."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia relevantes en el extracto provisto.
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