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MONTERO MAGDALENA HAYDEE S/ SUCESION AB-INTESTATO

Solicitud de declaración de herederos por fallecimiento de Magdalena Haydee Montero. El Tribunal declaró que por fallecimiento de la causante suceden en calidad de herederas universales sus hijas Graciela Beatriz Balduzzi y Andrea Cecilia Balduzzi y Montero, cesando la intervención del Ministerio Fiscal.

Sucesion Declaracion de herederos Herederas universales Fallecimiento 08/06/2025 Publicacion de edictos (art. 734 cpcc) Cesacion intervencion ministerio fiscal (art. 728 cpcc) Codigo civil y comercial (arts. 2424 2426 2433) Registro Notificacion electronica Actuaria

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Quién demanda (Actor) No consta expresamente el nombre del actor en el fragmento de la causa proporcionado; la resolución atiende "a lo pedido" en la demanda.
- A quién se demanda (Demandado) No consta un demandado específico en el texto aportado.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda) Declaración de sucesión por causa de muerte de Magdalena Haydee Montero; declaración de herederos universales.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal) El Tribunal declaró que por el fallecimiento de Magdalena Haydee Montero le suceden en carácter de herederos universales sus hijas Graciela Beatriz Balduzzi y Andrea Cecilia Balduzzi y Montero; ordenó cesar la intervención del Ministerio Fiscal, registrar y notificar.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "a) Que con el certificado adjunto a la demanda, se acredita el fallecimiento de Magdalena Haydee Montero, ocurrido el día 8 de Junio de 2025.- b) Que la causante contrajo matrimonio con Angel Nieves Balduzzi
- fallecido el día 26/05/2019-, en fecha 21 de Abril de 1967 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 27/08/2025 y 04/09/2025).- c) Que de esa unión nacieron Graciela Beatriz Balduzzi, el día 31 de Enero de 1968 y Andrea Cecilia Balduzzi, el día 16 de Febrero de 1973 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 22/08/2025).- d) Que con la constancia de fecha 26/06/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, cuyo resultado negativo informa en este acto la Actuaria.-" "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del CPCC, RESUELVO: 1.
- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Magdalena Haydee Montero le suceden en carácter de universales herederos sus hijas Graciela Beatrz y Andrea Cecilia Balduzzi y Montero. 2.
- Cése la intervención del Ministerio Fiscal (Art. 728, inc. 1 del CPCC). 3.
- Regístrese. Notifíquese a la parte y a la Agente Fiscal Departamental a sus domicilio electrónico en forma automatizada (Ac. 4039/2021 SCBA)." Además se consignan como fundamentos procesales la publicación de edictos con resultado negativo conforme art. 734 inc. 2 del CPCC y el dictamen del Ministerio Fiscal que fue tenido presente por el Tribunal.

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