ESCOBAR GRACIELA BEATRIZ S/ SUCESION AB-INTESTATO
Solicitud de declaración de herederos por fallecimiento de Graciela Beatriz Escobar. El Tribunal declaró heredero universal a su cónyuge supérstite y a sus cinco hijos, disponiendo el cese de la intervención del Ministerio Fiscal y la anotación registral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los interesados en la sucesión: Claudia Verónica Gonzalez; Javier Eduardo Gonzalez; Silvana Alejandra Gonzalez; Debora Mariana Gonzalez; Marisol Elizabeth Gonzalez; y Ramón Anibal Gonzalez (coherente con la declaración de herederos promovida).
Demandado: No surge demanda contra tercero concreto; se tramita declaración de herederos por fallecimiento (no identificado un demandado concreto en el acto).
Objeto: Declaración judicial de herederos por el fallecimiento de Graciela Beatriz Escobar (fallecida el 24 de mayo de 2018), con publicación de edictos conforme art. 734 inc. 2 del CPCC y acreditación del matrimonio con Ramón Aníbal Gonzalez y el nacimiento de los hijos.
Decisión: Se declaró que, por el fallecimiento de Graciela Beatriz Escobar, le suceden en carácter de herederos universales sus hijos Claudia Verónica, Javier Eduardo, Silvana Alejandra, Débora Mariana y Marisol Elizabeth Gonzalez y su cónyuge supérstite Ramón Aníbal Gonzalez, con reconocimiento de su derecho respecto de los bienes propios y de los derechos que la ley le otorga sobre los gananciales; se dispone el cese de la intervención del Ministerio Fiscal; se ordena registro y notificación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción textual de los párrafos más relevantes del actuado):
"a) Que con el certificado adjunto a la demanda, se acredita el fallecimiento de Graciela Beatriz Escobar, ocurrido el día 24 de Mayo de 2018.-
b) Que la causante contrajo matrimonio con Ramón Anibal Gonzalez, en fecha 15 de Febrero de 1973 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 26/2/2026).-
c) Que de esa unión nacieron Claudia Verónica Gonzalez, el día 22/6/1973, Javier Eduardo Gonzalez, el día 31/10/1974, Silvana Alejandra Gonzalez, el día 18/5/1985, Debora Mariana Gonzalez, el día 6/7/1993 y Marisol Elizabeth Gonzalez, el día 6/7/1993 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 26/2/2026).-
d) Que con la constancia de fecha 29/5/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, cuyo resultado negativo informa en este acto la Actuaria.-
Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del CPCC, RESUELVO: 1.
- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Graciela Beatriz Escobar le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: Claudia Verónica, Javier Eduardo, Silvana Alejandra, Debora Mariana y Marisol Elizabeth Gonzalez y Escobar y su cónyuge supérstite Ramón Anibal Gonzalez, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. 2.
- Cése la intervención del Ministerio Fiscal (Art. 728, inc. 1 del CPCC). 3.
- Regístrese. Notifíquese a la parte y a la Agente Fiscal Departamental a sus domicilio electrónico en forma automatizada (Ac. 4039/2021 SCBA)."
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