CONTI MARIA FLAVIA Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Solicitud de declaración de herederos por fallecimiento de Agustín Marinig y de María Flavia Conti. El Tribunal declaró a los hijos Eduardo, Ariel y Alejandro Marinig como herederos universales de ambos causantes y a la cónyuge supérstite María Flavia Conti como heredera respecto de los bienes propios de Agustín, fundando la decisión en la documentación fúnebre, el estado civil y la publicación de edictos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: No identificado expresamente en la resolución.
Demandado: No identificado expresamente en la resolución.
Objeto: Declaración de herederos por fallecimiento de Agustín Marinig (f. 5/11/2010) y de María Flavia Conti (f. 19/11/2024); reconocimiento de la condición de herederos universales y cese de la intervención del Ministerio Fiscal.
Decisión: Se declaró que los hijos Eduardo, Ariel y Alejandro Marinig son herederos universales de ambos causantes; además, respecto de Agustín Marinig se declaró heredera en cuanto a bienes propios a la cónyuge supérstite María Flavia Conti. Se ordenó el cese de la intervención del Ministerio Fiscal y la notificación correspondiente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos relevantes):
"a) Que con los certificados adjuntos a la demanda, se acreditan los fallecimientos de Agustin Marinig, ocurrido el día 5 de Noviembre de 2010 y María Flavia Conti, ocurrido el día 19 de Noviembre de 2024.
b) Que los causantes contrajeron matrimonio en fecha 26 de Febrero de 1960 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 11/8/2025).
c) Que de esa unión nacieron Eduardo Marinig, el día 13 de Mayo de 1961, Ariel Marinig, el día 22 de Diciembre de 1962 y Alejandro Marinig, el día 21 de Octubre de 1966 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 11/8/2025).
d) Que con la constancia de fecha 30/6/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, cuyo resultado negativo informa en este acto la Actuaria.
Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial, arts. 3545, 3565, 3570 y 3576 del Código Civil y arts. 735 y 737 del CPCC, RESUELVO: 1.
- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Agustin Marinig le sucede en carácter de universales herederos sus hijos: Eduardo, Ariel y Alejandro Marinig y Conti y su cónyuge supérstite María Flavia Conti, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. 2.
- Declarar ven cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de María Flavia Conti le sucede en carácter de universales herederos sus hijos: Eduardo, Ariel y Alejandro Marinig y Conti. 3.
- Cése la intervención del Ministerio Fiscal (Art. 728, inc. 1 del CPCC).
- 4.
- Regístrese. Notifíquese a la parte y a la Agente Fiscal Departamental a sus domicilio electrónico en forma automatizada (Ac. 4039/2021 SCBA)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: