ESTEBAN, CLAUDIO JUAN MANUEL c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
El actor promovió acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero por retenciones del impuesto a las ganancias sobre su haber de retiro. La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia de primera instancia que declaró inconstitucional el artículo 79, inciso c) de la ley 20.628 en relación con el beneficio de retiro y ordenó el reintegro de las sumas retenidas.
Actor: Esteban, Claudio Juan Manuel (actor). Demandado: Administración Federal de Ingresos Públicos / Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Objeto: Se plantea la inconstitucionalidad del Art. 79, inc. c) de la ley 20.628 (texto según leyes 27.346 y 27.430) y normas concordantes por aplicación del impuesto a las ganancias sobre el haber previsional del actor; se solicita que se deje sin efecto la retención y el reintegro de las sumas retenidas. Decisión: Se confirmó la sentencia de fecha 04/11/2025 que hizo lugar a la acción, declaró la inconstitucionalidad del texto legal indicado respecto del beneficio de retiro del actor, ordenó a la demandada comunicar a la Caja correspondiente que se abstenga de efectuar retenciones hasta que el Congreso legisle, y disponía el reintegro de las sumas retenidas de los cinco años anteriores con intereses; costas en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de párrafos relevantes (texto original del fallo):
"I.
- Llegan estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la parte demandada contra la sentencia de fecha 04/11/2025, mediante la cual el Sr. juez 'a quo' hizo lugar a la pretensión interpuesta y declaró la inconstitucionalidad del Art. 79, Inc. c) de la ley 20.628 -texto según leyes 27.346 y 27.430
- y cualquier otra norma, reglamento, circular o instructivo que se dictare en consonancia con aquella, en relación al beneficio de retiro del actor.
Asimismo, ordenó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero que arbitrara los medios necesarios a fin de comunicar a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires que se abstuviera de efectuar retenciones en el haber previsional del demandante, en concepto de impuesto a las ganancias, hasta tanto el Congreso Nacional legislase sobre el punto.
Por último, impuso las costas en el orden causado y reguló los honorarios al letrado de la parte actora."
"IV.
- Sentado lo cual, las quejas de la demandada encuentran debida atención, respuesta y fundamentación en lo resuelto por este Tribunal el 06/04/2021 en la causa caratulada: 'Battistín, José Luis c/ Administración Federal de Ingresos Públicos –AFIP
- s/ Acción Mere Declarativa de Inconstitucionalidad' (Expte. FSM 34546/2020/CA1) y sus citas. En razón de ello, corresponde -en lo pertinente y por razones de economía procesal
- remitir 'brevitatis causae' a los fundamentos allí vertidos, en tanto resultan aplicables en la especie."
"En consecuencia, se desestiman las protestas sobre el punto (Doct. Art. 163, Inc. 6°, 1er. Párr. del CPCC).
En mérito de lo expuesto, y de conformidad con lo dictaminado por la Fiscalía General, el Tribunal RESUELVE: CONFIRMAR la sentencia de fecha 04/11/2025, en cuanto fue materia de agravio; con costas en la Alzada en el orden causado, atento la naturaleza de la cuestión debatida y la forma en que se decide (Doct. Art. 68, segundo párrafo, del CPCC)."
Citas textuales importantes incluidas en el fallo: "García, María Isabel c/ AFIP s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad" (Fallos: 342:411) y la remisión a precedentes de esta Cámara (causas "Oviedo", "Méndez", "Cingolani", entre otras) como fundamento para sostener la inconstitucionalidad en favor de jubilados sin acreditar otra condición de vulnerabilidad.
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