CARBALLADA, CARLOS ALBERTO c/ ARCA s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Demandantes promovieron acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la retención del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales. La Cámara Federal de Rosario confirmó las sentencias de primera instancia que declararon la inconstitucionalidad y ordenaron la abstención y reintegro, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios de Alzada al 30%.
Actor: Fernando Abel Mighetto y Carlos Alberto Carballada (autos caratulados respectivamente). Demandado: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Objeto: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la Ley 20.628 (texto según Leyes 27.346 y 27.430; actual inc. c, art. 82 conforme Decreto 824/2019), Decreto 473/2023, Leyes 27.725 y 27.743 y normas concordantes; ordenar a ARCA y al agente de retención que se abstengan de descontar el impuesto a las ganancias sobre el haber previsional; disponer el reintegro de las sumas retenidas con aplicación del plazo quinquenal (inc. c, 2º párr. art. 56 Ley 11.683/39, art.112) y los intereses conforme art. 179 de la Ley 11.683 y Resolución 314/2004 (0,50% mensual) y Resoluciones de Hacienda 50/19, 598/19 y 559/22 y modificatorias. Decisión: La Cámara Federal de Rosario, Sala A, confirmó las sentencias de grado en todo lo agraviado por la demandada; impuso las costas de la Alzada a la demandada; reguló los honorarios de los profesionales de la Alzada en el 30% de lo que se les fijó en primera instancia; ordenó devolver los autos al juzgado de origen. Fecha de firma: 06/08/2026.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- "Respecto del agravio relativo a la vía utilizada por la parte actora, importa señalar que quien suscribe ya se ha expedido sobre esta cuestión, en Acuerdo de la Sala 'B' de fecha 26 de setiembre de 2023... al que cabe remitir por razones de brevedad."
- "Resuelta la admisibilidad de la vía intentada, señalo que las restantes cuestiones de fondo planteadas en la expresión de agravios guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta vocal en integración de la Sala 'A', en Acuerdo de fecha 13 de setiembre de 2023... a los que cabe remitir por razones de brevedad. En virtud de ello, cabe confirmar las sentencias."
- Sobre costas y honorarios: "En lo que resulta de aplicación el mínimo del artículo 48 de la Ley Arancelaria, dado que el objeto de juicio no se limita a un monto retroactivo, sino que comprende los efectos a futuro de la declaración de inconstitucionalidad... Se consideran también los factores de ponderación de la labor profesional previstos por el artículo 16 de la ley 27.423... Por todo lo expuesto, se estima que lo regulado a la representación del actor no resulta elevado, por lo que corresponde rechazar los agravios desarrollados respecto de este punto."
- Dispositivo final (texto relevante): "I) Confirmar las sentencias venidas en revisión en lo que fue materia de agravio. II) Imponer las costas de la Alzada a la demandada. III) Regular los honorarios de los profesionales actuantes ante la Alzada en el 30% de lo que respectivamente se les reguló en primera instancia. IV) Insertar, hacer saber, publicar y oportunamente, devolver los autos al Juzgado de origen."
- Votos: La Dra. Silvina M. Andalaf Casiello redactó el voto principal; la Dra. Élida I. Vidal adhirió; el Dr. Aníbal Pineda también adhirió y opinó conforme.
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