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DIMARIA MIGUEL RINALDO Y OTS. c/ ANSES s/EJECUCION DE SENTENCIA

Los actores promovieron ejecución de sentencia contra ANSeS por reajustes previsionales y liquidación practicada por perito. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que aprobó la planilla pericial, rechazó las excepciones y ordenó continuar la ejecución, rechazando los agravios de la ANSeS por metodología, topes, intereses y retención del impuesto a las ganancias.

Ejecucion de sentencia Anses Reajustes previsionales Planilla pericial Impuesto a las ganancias Intereses moratorios Excepcion de pago Articulo 55 ley 18.037 Costas Honorarios 30%

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Di María Miguel Rinaldo y otros. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Ejecución de sentencia con liquidación practicada por perito por reajustes previsionales y pago de retroactivos. Decisión: Confirmar la sentencia de primera instancia que aprobó la planilla practicada por perito, rechazó las excepciones opuestas por ANSeS, ordenó llevar adelante la ejecución, impuso costas a la demandada en la Alzada y reguló honorarios en el 30% de lo fijado en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en lenguaje original del tribunal): "En lo atinente al agravio vinculado al error de la planilla por contener intereses moratorios, contrariamente a lo sostenido por el organismo previsional, se observa que, si bien existe una columna con ese título, se encuentra vacía, volcando 0 en todo el periodo." "En relación a las críticas por el no acogimiento de la excepción de pago total documentado, la metodología de compensación de la liquidación al restarse el monto que dice haber abonado al final de la planilla y a la falta de constancia para el cálculo del saldo de los intereses, corresponde desestimarlas. Esto en virtud de que, a la fecha del corte de la liquidación no surge en autos que la demandada haya efectuado pago." "En cuanto a la retención del impuesto a las ganancias, indicaré que la resolución recurrida remitió, al precedente 'García' de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (fallo del 26/03/19), criterio sostenido por esta Sala 'A' ... por ello, será rechazada." "Por lo expuesto, SE RESUELVE: I.
- Confirmar la sentencia de primera instancia en los términos del presente. II.
- Imponer las costas devengadas en la Alzada, a la demandada vencida (artículo 68 del C.P.C.C.N.). III.
- Regular los honorarios de los profesionales actuantes en esta Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia."
- Votos: Voto principal del Dr. Aníbal Pineda (preopinante) y adhesión de la Dra. Silvina María Andalaf Casiello; no participan otros miembros por cese indicado.

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