MARTINEZ, ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contencioso administrativa contra ANSES solicitando reajuste y movilidad de su haber previsional por haberes irrisorios y la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas. El Juzgado hizo lugar parcialmente al reclamo, ordenó recalcular el haber conforme precedentes de la CSJN y declaró inconstitucionales determinados decretos y el régimen del impuesto a las ganancias respecto de jubilaciones y retroactividades.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MARTINEZ ANTONIO, titular de un beneficio previsional otorgado conforme Ley 24241 (alta 02/2017, adquisición 12/2016).
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social – ANSES.
Objeto: Reajuste y movilidad de haberes previsionales; declaración de inconstitucionalidad del art. 7 Ley 24463, arts. 9, 24 y 25 Ley 24241, Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020; inconstitucionalidad de bonos, solicitud de determinación del haber inicial, aplicación de índices (p. ej. precios mayoristas) y pago de retroactivos con intereses moratorios; inaplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre haberes.
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó a ANSES recalcular el nuevo haber y abonar las diferencias retroactivas conforme pautas jurisprudenciales (Makler, Elliff, etc.), se declaró la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 en la medida explicada, y se declaró inconstitucional e inaplicable el régimen del impuesto a las ganancias respecto de jubilaciones, pensiones y retroactividades. Se rechazaron otras pretensiones (p. ej. aplicación del índice de precios mayoristas, inconstitucionalidad general del art. 9 Ley 24463 y la Ley 27609). Se hizo lugar a excepción de prescripción por los términos que excedan dos años previos al último reclamo administrativo. Se difirió regulación de honorarios y se impusieron las costas a ANSES por el art. 3 Decreto 157/2018.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos literales relevantes):
"Que, por todo lo expuesto, corresponde hacer lugar parcialmente a la demanda incoada, revocar el acto administrativo cuestionado y ordenar a la demandada ANSES abonar a la parte actora el nuevo haber y las diferencias retroactivas que surjan de la liquidación, conforme las pautas antes citadas."
"Que corresponde declarar la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 en la medida en que los incrementos allí establecidos resulten inferiores a los que hubiese correspondido de aplicar las pautas de movilidad de la Ley 27426, lo que podrá recién constatarse en forma fehaciente en la etapa de liquidación."
"Por todo ello, corresponde declarar la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen de impuesto a las ganancias contemplado en los arts. 1º, 2, 82 inc.'c' y cctes de la ley 20.628 ... en la medida que mantiene a las jubilaciones, pensiones, retiros y subsidios sujetos al régimen de ganancias, ... Este criterio resulta extensivo a las retroactividades debidas, atento que aquellas encuentran su génesis en una incorrecta liquidación del haber previsional."
"Que en lo que respeta a los aportes cometidos en calidad de autónomos corresponde que la demandada proceda a efectuar el recálculo del haber inicial computando a tal fin la totalidad de los aportes autónomos realizados, y conforme las pautas dadas por la CSJN en los autos 'Makler, Simón c/ ANSES s/ inconstitucionalidad ley 24463' (sentencia del 20/05/2003)."
"Se aclara, que dichas pautas no son aplicables a los aportes autónomos ingresados mediante moratoria..."
"Que en lo que respecta a los aportes realizados en relación de dependencia, corresponde que la demandada proceda a efectuar el reajuste de los haberes jubilatorios en base al precedente de la CSJN 'Elliff, Alberto José c/ ANSES s/ reajustes varios' (Fallos 332:1914) ... rigiendo para los liquidados con posterioridad a dicha fecha las pautas fijadas en el art. 2 de la ley 26417."
"Se rechaza la pretensión de reajuste de la PBU ... se deja a resguardo el derecho de la parte actora de replantear el reajuste de la PBU, si al tiempo de la liquidación se acreditan los extremos de hecho..."
"Que, por otro lado, corresponde rechazar la pretensión de aplicación del índice de precios mayoristas ... La corrección en el cálculo del haber previsional mediante la aplicación de índices correctos, la obtención de la garantía de la movilidad y la aplicación de la tasa de interés pasiva aseguran la salvaguarda de la contingencia vejez..."
- Votos en disidencia: no se consignan votos en disidencia en la sentencia.
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