ADARO, MARTA SUSANA c/ INSSJP - PAMI s/PRESTACIONES MEDICAS
La actora promovió acción de amparo contra PAMI solicitando cobertura integral de Pertuzumab, Trastuzumab y Letrozol por cáncer de mama. La Cámara Federal de Mendoza rechazó la apelación de PAMI y confirmó la sentencia de primera instancia, entendiendo que existe justificación médica y prevalece el criterio del médico tratante sobre la negativa por ausencia en protocolos institucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sra. M.S.A., representada por Dr. Luis Eduardo Cugnini.
Demandado: INSSJP – PAMI.
Objeto: Cobertura integral (100%) de Pertuzumab 600 mg / Trastuzumab 600 mg (vía subcutánea cada 21 días por 1 año) y Letrozol 2,5 mg diarios por 5 años, incluyendo insumos, controles y procedimientos necesarios, por carcinoma infiltrante de mama derecha y tratamiento adyuvante.
Decisión: Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por PAMI y se confirmó la sentencia de fecha 17/04/2026 que hizo lugar al amparo y condenó a PAMI a otorgar cobertura total e integral de los medicamentos y prestaciones solicitadas; se impusieron costas a la apelante y se regularon honorarios (valores en UMA y pesos consignados).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal):
"Se ha adjuntado Formulario de Tratamiento Oncológico de PAMI suscripto por su médica el 22/10/2025, requiriendo la medicación y nota remitida a la entidad con fecha 26/11/2025 sin que luzca constancia de respuesta alguna del Instituto."
"Por el contrario, se puede inferir que el tratamiento elegido por los galenos tratantes, no sólo encuentra suficiente justificación a través de la historia clínica, sino que la medicación que integra dicho esquema, se encuentra autorizado por la ANMAT y, por ende, están incluidos en el Vademécum Nacional de Medicamentos (VNM)."
"Respecto al tratamiento a seguir, esta Alzada ha dicho en reiteradas oportunidades que, corresponde dar prevalencia al criterio del médico tratante frente a la opinión de la demandada. Es que aquél fue quién tuvo contacto directo con su paciente, evaluándolo, proponiendo alternativas de tratamiento y, en consecuencia, concluyendo con su diagnóstico científico."
"Como se ha expuesto, existe en autos justificación médica que me permiten inferir que la no realización del tratamiento indicado, implica la afectación a la salud del amparista, por lo que corresponde confirmar la sentencia puesta en crisis."
- Votos: Voto principal por el Dr. Manuel Alberto Pizarro; adhesión de los Dres. Gustavo Enrique Castiñeira de Dios y Juan Ignacio Pérez Curci. Resolución por unanimidad: "RECHAZAR el recurso de apelación ... y, en consecuencia, CONFIRMARLA en todas sus partes."
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