ESPINOZA HUAMANI, EDWIN ERNESTO c/ COTO C.I.C. S.A. s/DESPIDO
El trabajador demandó por despido por entender que la causal invocada por la empresa (haber sido sorprendido en acto sexual con otro compañero) no fue probada. La Cámara confirmó en lo sustancial el rechazo de la acción y, por mayoría, impuso las costas y reguló honorarios a cargo del actor; hubo voto en disidencia que proponía hacer lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27802.
Actor: Espinoza Huamani, Edwin Ernesto (trabajador). Demandado: COTO C.I.C. S.A. Objeto: Reclamo por despido (indemnizaciones por despido). Decisión: Por mayoría, la Cámara confirmó en lo demás la sentencia apelada (que rechazó la acción); modificó la distribución de costas y reguló honorarios (perito y letrados) imponiendo costas de ambas instancias al actor; fijó honorarios de la perito en 19,11 UMA y reguló porcentajes para letrados en alzada (30%).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Texto extraído del voto mayoritario del Dr. Sudera (fragmentos relevantes):
"Considero que el hecho que motivó el despido del trabajador se encuentra acreditado en autos con el grado de convicción exigido por los arts. 242 y 243 de la LCT. En este sentido, el testimonio de Chávez -único presencial-, resulta claro, coherente y suficientemente detallado... La jurisprudencia ha admitido reiteradamente, con criterio que comparto, la validez de testimonios únicos cuando resultan verosímiles y no se advierten motivos de mendacidad... Propongo, entonces, confirmar la sentencia de primera instancia y modificar lo decidido en materia de costas -apeladas por el demandado-, imponiéndolas al actor en ambas instancias -art. 68, ap. 1, CPCCN-."
Texto extraído del voto en disidencia de la Dra. García Vior (fragmentos relevantes y citas textuales):
"Considero que la prueba aportada por la demandada resulta insuficiente para acreditar la causal invocada... El relato de un único testigo, con interés en la empresa y sin pruebas adicionales que corroboren lo denunciado, no resulta suficiente para privar al actor de su derecho a percibir las indemnizaciones correspondientes."
"En consecuencia, de lo hasta aquí expuesto, corresponde revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la acción por despido, condenando a la demandada a pagar al actor las indemnizaciones provenientes del despido."
"La liquidación: ... Total $2.859.887,12" (monto fijado por la jueza en su voto).
Además la Dra. García Vior proponía declarar la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27802 y aplicar el método de actualización previsto en el art. 276 LCT (se consignan en su voto argumentos extensos sobre igualdad constitucional y pruebas comparativas de actualización: montos actualizados a IPC-INDEC y otros índices).
- Votos en disidencia: la Dra. Andrea E. García Vior votó por revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la demanda; propuso imposición de costas a la demandada y declaró inconstitucional el art. 55 de la ley 27802. Los Dres. Sudera y Ambesi disintieron y formularon la solución mayoritaria de confirmar el rechazo de la acción y cargar las costas al actor.
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