VILLAGRA DANIEL ANGEL Y OTRO c/ GALENO ART S.A. Y OTROS s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda contra GALENO ART S.A. por indemnización derivada de enfermedad profesional y accidente de trabajo. El Juzgado hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del art.46 de la ley 24.557 y condenó a la ART a abonar $159.989,22 más intereses, imponiéndole las costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: VILLAGRA, DANIEL ANGEL.
Demandado: GALENO ART S.A.
Objeto: Indemnización por incapacidad derivada de enfermedad profesional (lumbalgia) y por accidente de trabajo (tobillo derecho), conforme liquidación practicada por el actor.
Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del art. 46 de la ley 24.557 en el caso; se hizo lugar a la demanda por enfermedad profesional y se condenó a GALENO ART S.A. a pagar $159.989,22 (más intereses según art.55 ley 27.802 desde 1/10/2013 hasta el efectivo pago). Se rechazó la pretensión relacionada con incapacidad atribuida al accidente del 29/03/2012 respecto del tobillo. Se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal):
"En principio, y por una cuestión de orden metodológico, resulta imprescindible dejar asentado que corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 46 de la ley 24557, en tanto el mismo afecta los principios del juez natural y de acceso a la justicia.
Digo esto porque, el art. 46 de la ley 24557, al establecer la obligatoriedad de una instancia previa de trámite y duración inciertos, constituida tanto por la intervención de la autoridad de aplicación en materia laboral, como por la esencial actuación de las comisiones médicas, impiden al trabajador ocurrir ante un órgano independiente para exigir la reparación de sus infortunios, restringiendo el acceso a la justicia, excluyendo a la justicia del trabajo y vedando el derecho a reclamar, en consecuencia, ante jueces naturales mediante el debido proceso (conf. CNAT Sala VII Expte N° 12811/04 Sent. N° 38981 del 6/2/2006 "Olivera, Obdulio c/ La Caja ART SA s/ accidente")."
"En este sentido, el perito médico presentó el informe médico (fs. 258/270) y arribó a las siguientes conclusiones:
'...El actor presenta en la actualidad movilidad normal de tobillo derecho, sin síntomas ni signos de lesión de este en el estudio ecográfico se observa signo de distensión muscular a nivel del tibial anterior sin repercusión clínica, en el estudio de RMN del mismo tobillo no presenta lesiones tendinosas ni musculares con líquido intraarticular normal y no se observan fenómenos degenerativos...'
'...En la actualidad el actor refiere cuadro de lumbalgia, en el examen físico realizado se constata la presencia de contractura y limitación funcional de columna lumbar con signo de lasegue positivo en miembro inferior derecho e imágenes radiográficas y electromiografía con presencia de lesión traumáticas de columna lumbar, que justifican la sintomatología y trastorno funcional objetivado en el examen físico. El actor se encuentra limitado para realizar tareas recreativas y para tareas que requieran esfuerzos importantes, deambular y/o permanecer mucho tiempo de pie…'
'...El actor, el Sr. Villagra Daniel Angel, presenta en la actualidad: -Lumbociatalgia con alteraciones clínicas y radiográficas y/o electromiográficas leves a moderadas con una incapacidad del 8 % -RVAN Grado II con incapacidad del 10 % Total de incapacidad psicofísica parcial y permanente 18 %. Agregando los factores de ponderación: Tipo de actividad: Dificultad Leve (0-10 %) 5 % 0.90 % Recalificación laboral: no amerita (10 %) Edad de mas de 21 a 30 años (0-3 %) 0.50 % Total de factores de ponderación 1,40 % El actor presenta incapacidad fisica parcial y permanente 19,40 % (18 % de incapacidad fisica, y 1,40 % por factores de ponderación)...'
Con referencia a la relación causal el experto puntualizó, '...la incapacidad que presenta el actor guarda verosímilmente relación causal con los hechos relatados y que originara los presentes autos ya que los mismos, en el caso de demostrarse que ha ocurrido tal como lo relata el actor, por su etiología, topografía, mecanismo de producción es causa suficiente y eficiente como para producir la secuela descrita en este informe pericial...'."
"De igual manera, toda vez que no se ha acreditado en autos que el actor presente incapacidad alguna como consecuencia del accidente denunciado (29/03/2012) corresponde rechazar este segmento de la demanda, lo que así decido."
Fallo (extracto decisorio): "1º) Hacer lugar a la demanda interpuesta por VILLAGRA DANIEL ANGEL contra GALENO ART SA y condenar a esta última a que, dentro del quinto día de quedar firme la liquidación a practicarse ... le abone la suma de $159.989,22.
- ... 2º) Imponer las costas del juicio a la demandada, y regular los honorarios ... 3°) Imponer a la demandada vencida ... el reintegro al fondo ... del honorario básico abonado al conciliador."
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