GARRAFA, NICOLAS EMILIO (2) c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor demandó por accidente de trabajo fundado en la Ley de Riesgos del Trabajo reclamando prestaciones. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia respecto del mecanismo de actualización de los accesorios y reguló costas y honorarios conforme a lo expuesto en su considerando.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GARRAFA, NICOLAS EMILIO.
Demandado: PROVINCIA ART S.A.
Objeto: Accidente de trabajo
- acción fundada en normas de la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT).
Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia respecto del cálculo de los intereses/accesorios conforme al considerando II; impuso las costas a la demandada; reguló honorarios de los abogados y del perito en UMAs y fijó el porcentaje para los letrados actuantes en esta Cámara.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original):
"II.
- La parte actora se queja por el mecanismo de actualización dispuesto en la sentencia de grado. Sobre el punto, deberá estarse a lo dispuesto en el art. 55 de la ley 27802, norma de orden público y de aplicación inmediata, aun de oficio."
"III.
- En virtud de lo dispuesto en el art. 279 CPCCN corresponde emitir un nuevo pronunciamiento sobre costas y honorarios."
"IV.
- Por las razones expuestas, propongo se modifique la sentencia apelada y se determine que los accesorios del crédito se calculen conforme los lineamientos del considerando II; se impongan las costas del proceso a cargo de la demandada vencida (art. 68, CPCCN); se regulen los honorarios de los profesionales que ejercieron la representación y patrocinio letrado de la parte actora en 146 UMAs, de la parte demandada en 144 UMAs, y los del perito médico en 45 UMAs, de conformidad con el valor vigente al día de la fecha (Arts. 21 y cctes. De la ley 27.423) y se regulen los honorarios de los letrados firmantes de los escritos dirigidos a esta Cámara, en el 30% de lo que les fueron fijados por su actuación en origen (art. 30, Ley 27.423)."
Parte resolutiva (transcripción):
"1.
- Modificar la sentencia de primera instancia y determinar que los intereses del crédito se calculen conforme los lineamientos del considerando II;
2.
- Imponer las costas totales del proceso a la demandada;
3.
- Regular los honorarios de los profesionales que ejercieron la representación y patrocinio letrado de la parte actora en 146 UMAs, de la parte demandada en 144 UMAs y los del perito médico en 45 UMAs, de conformidad con el valor vigente al día de la fecha;
4.
- Regular los honorarios de los letrados firmantes de los escritos dirigidos a esta Cámara, en el 30% de los que les fueron fijados en la instancia anterior."
- Votos: El voto mayoritario fue emitido por el Juez Víctor Arturo Pesino, con adhesión de la Dra. María Dora González. No se registran votos en disidencia.
Fechas y referencias: Sentencia dictada y firmada por la Cámara el 06/08/2026.
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