CLERICI GUILLERMO EMILIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió acción contra ANSES por redeterminación de haber inicial, movilidad y otros reajustes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente a los agravios, diferenció cuestiones para ejecución (PBU, topes y art. 26), desestimó la inconstitucionalidad de la ley 27.426 y confirmó en lo demás la sentencia de grado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CLERICI GUILLERMO EMILIO (parte actora).
Demandado: ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
Objeto: redeterminación del haber inicial, aplicación de movilidad y reajustes varios (incluyendo impugnaciones relativas a PBU, topes del art. 26 Ley 24.241, inconstitucionalidad de leyes 26.417 y 27.426, prescripción, tasa de interés y costas).
Decisión: la Cámara resolvió, por mayoría, hacer lugar parcialmente a los agravios (con diferimiento para ejecución de cuestiones puntuales: determinación de la PBU y topes; confirmó la prescripción aplicada, la aplicación de la tasa pasiva promedio para retroactividad, y desestimó los planteos de inconstitucionalidad de la ley 27.426), y confirmó la sentencia de primera instancia en lo demás; fijó pautas para las costas y honorarios de la Alzada (30% sobre lo que se estipule en la instancia anterior).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"II. Que, en orden a la equiparación de las categorías aportadas, ha de señalarse que la cuestión ha sido objeto de consideración en reiterados pronunciamientos de esta Sala y el criterio discernido en esos casos (computar el total de las categorías aportadas aún cuando el régimen aplicable era el de la ley 18038 y sus modificatorias que sólo mencionaba los últimos 15 años de aportes) fue avalado el 20.5.03 por la C.S.J.N. in re 'Makler, Simón c/ ANSeS s/ Inconstitucionalidad ley 24463', no resultando susceptibles de ajuste alguno los períodos incluidos en la moratoria que posibilitó el acceso al beneficio (leyes 24476, 25865 y 25994 –art. 6-), por los argumentos vertidos en casos análogos (cfr. causas: 56199/11 'SPAMPINATO GRACIELA C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS' y 46387/10 'USSEGLIO ALCIDES PEDRO C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS'...) ."
"III. Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA', momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de esta Sala recaídos en los expedientes 38794/2010: 'SADOFSCHI'... y 73433/2010 'MARINATI'... ."
"VI. Que en cuanto a la conformación mixta de la nueva fórmula de movilidad del art. 32 de la ley 24241, a partir de la sustitución de su texto anterior dispuesta por el art. 1 de la ley 27426... se destaca que la misma guarda analogía con la pauta que en su momento fuera adoptada por la mayoría de este Tribunal... En atención a esas normas, cuya validez constitucional no fue cuestionada por el recurrente, cabe concluir que la movilidad a otorgar semestralmente es el resultado de la combinación de distintas variables producidas en los semestres enero-junio y julio -diciembre, a devengar y percibir sobre los haberes de marzo y septiembre, por lo tanto no puede sostenerse la existencia de un devengamiento mensual, como pretende el recurrente... Por otro lado, tampoco se encuentra acreditado que la nueva fórmula dispuesta a partir de marzo de 2018 con el aumento de junio del mismo año, haya producido una quita en el monto del haber, por lo que resulta aplicable la doctrina del Superior Tribunal en autos tales como 'Actis Caporale' (C.S.J.N. 19.9.99), 'Quiroga, Carlos Alberto' (C.S.J.N. 11.11.14)... Así las cosas, corresponde desestimar los planteos de inconstitucionalidad de la ley 27.426 y, por ende, dejar sin efecto lo decidido sobre su art. 2."
Adicionalmente, se consignan (entre otros fundamentos): confirmación de la prescripción bienal aplicable (art. 82 Ley 18037 / art.168 Ley 24.241), aplicación de la Tasa Pasiva Promedio del B.C.R.A. para la retroactividad y pautas para la imposición de costas conforme art. 68 CPCCN y art. 36 Ley 27.423; y diferimiento a la etapa de ejecución del examen de la PBU y de la aplicación de topes (art. 26 Ley 24.241).
(Voto en minoría o salvedad) La Dra. Nora C. Dorado dejó expresa opinión salvada en relación con la metodología aplicable a servicios autónomos, PBU y la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27426, proponiendo confirmar lo decidido por aplicación del principio de reformatio in peius y remitió a precedentes indicados.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: