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MASCI ANDRES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSeS solicitando el recálculo y reajuste de su prestación prevista en la ley 24.241 y el pago de las diferencias retroactivas. El Juzgado hizo lugar parcialmente: ordenó redeterminar el haber conforme a pautas fijadas, declaró inconstitucionales normas puntuales cuando su aplicación resulte confiscatoria y rechazó otras impugnaciones.

Seguridad social Reajuste jubilatorio Pbu Movilidad previsional Confiscatoriedad Topes maximos Inconstitucionalidad parcial Ley 24.241 Ley 27.426 Anses

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MASCI ANDRES Demandado: A.N.Se.S. (ANSeS) Objeto: Reajuste del haber previsional obtenido al amparo de la ley 24.241 —recálculo del haber inicial por actualización de remuneraciones computadas, aplicación de pautas de movilidad, pago de sumas retroactivas con intereses— y declaración de inconstitucionalidad de normas que limitarían la integralidad/proporcionalidad del haber. Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordena a ANSeS redeterminar el haber conforme a las pautas detalladas en la sentencia y abonar las diferencias desde la fecha de adquisición del derecho (06/12/2020) hasta la baja del beneficio, con intereses; se admitió prescripción en parte conforme art.82 ley 18.037; se declararon inconstitucionales, para el caso de aplicación confiscatoria, el art. 26 de la ley 24.241, el art. 9 (inc. 3º) de la ley 24.463 y el art. 14 inc. 2 de la Res. S.S.S. 06/2009; costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos más relevantes y citas textuales): 1) Sobre elección del indicador y aplicación de ley 27.426: "Ello se ajusta a la doctrina que sostuvo la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso 'Blanco, Lucio Orlando c/Anses s/reajustes varios', sent. del 18/12/18, en el que señaló que la facultad de elegir el indicador para la actualización de los salarios computables fue reasumida por el legislador al sancionar la ley 26.417 ... no resulta procedente en el caso de autos." 2) Sobre el tope de la Resolución S.S.S. 06/2009: "No obstante, entiendo que respecto de la referida actualización, resulta inconstitucional el tope dispuesto por el art. 14 inc. 2 de la Res. S.S.S. 06/2009 con fundamento en la base máxima imponible a la fecha de cesación de servicios, ya que importa un exceso reglamentario contrario al espíritu del art. 24 de la ley 24.241, al fijar un límite no previsto en esta norma." "Por ende, deberá redeterminarse el haber inicial en caso de que se hubiere efectuado tal limitación a la actualización de las remuneraciones." 3) Sobre la Prestación Básica Universal (PBU) y método de actualización: "A fin de evitar un dispendio jurisdiccional, estimo adecuado aplicar la referida doctrina y ordenar la actualización de la PBU de acuerdo con el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el citado fallo 'Badaro'... Luego, se determinará qué incidencia porcentual tiene la eventual merma de la PBU en el haber inicial total... En el supuesto en que dicho porcentaje supere el 15% corresponderá abonar la PBU reajustada ... declarándose a esos efectos la inconstitucionalidad del art. 20 de la ley 26.417." 4) Sobre la emergencia / movilidad y base de cálculo para ley 27.609: "Habiendo finalizado el 31/12/2020 la emergencia y suspensión de la movilidad dispuestas por la ley 27.541, entiendo que debe liquidarse a la actora el haber que hubiera correspondido de acuerdo con la ley 27.426 en los mensuales enero y febrero de 2021 y tomarse este último como base para adicionar el índice previsto en la ley 27.609 en marzo de 2021. Asimismo, se calcularán y abonarán las diferencias entre los montos percibidos y los resultantes de aplicar dichas pautas." 5) Sobre confiscatoriedad y topes máximos: "Por ello, y por razones de economía procesal, corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 9 inciso 3° de la ley 24.463 para el supuesto en que en la etapa de liquidación se acredite una disminución en el haber recalculado conforme a las pautas que se ordenan en la presente, que resulte confiscatoria, teniendo para ello en cuenta para ello la pauta de confiscatoriedad contemplada por la CSJN in re 'Actis Caporale'..." 6) Dispositivo (resumen del punto decisorio): "1) Hacer lugar parcialmente a la demanda ... ordenar a la A.N.Se.S. que redetermine el haber previsional ... y abone ... las diferencias ... desde la fecha de adquisición del derecho, es decir desde el 06/12/2020 y hasta la baja del beneficio... 2) Desestimar la excepción de prescripción ... 3) Declarar la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y art. 9 de la ley 24.463, para el caso de que su aplicación provocara una merma superior al 15%... 4) Declarar la inconstitucionalidad del art. 14 inc. 2 de la Res. S.S.S. 06/2009 ... 5) Costas a la demandada vencida."

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