P., D. A. c/ OSPOCE Y OTRO s/SUMARISIMO DE SALUD
La actora demandó para mantener su afiliación y cobertura médico-asistencial tras obtener el beneficio jubilatorio. El juzgado hizo lugar a la acción y condenó a la prestataria a mantener la afiliación y las prestaciones en las mismas condiciones previas, ordenando la derivación de aportes por ANSES.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: P., D. A. (parte actora que obtuvo beneficio jubilatorio).
Demandado: OSPOCE y otra prestataria efectiva (empresa de medicina prepaga y prestataria contractual/efectiva).
Objeto: Que se ordene mantener su afiliación y cobertura médico-asistencial en las mismas condiciones que detentaba antes de la jubilación; continuidad de tratamientos, controles y revisiones sin limitaciones temporales ni presupuestarias; que se efectúen los aportes previstos por Leyes N° 23.660, 23.661 y 19.032 y pago de diferencias eventualmente correspondientes.
Decisión: Se hizo lugar a la acción; se condenó a la demandada a mantener definitivamente a la actora como afiliada, con las prestaciones médico-asistenciales en las mismas condiciones que antes de la jubilación; librar oficio a ANSES para la derivación de aportes; costas a cargo de las demandadas; regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que en el escrito inicial se presenta la parte actora y promueve la presente acción contra la parte demandada con el objeto de que se ordene mantener su afiliación y cobertura médico-asistencial en las mismas condiciones que detentaba con anterioridad a la obtención de su beneficio jubilatorio."
"Que así como ha quedado planteada la litis, teniendo en cuenta los planteos efectuados por cada una de las partes, la cuestión a resolver se halla limitada a resolver si procede la solicitud de la parte actora de permanecer como afiliada de las demandadas tras la obtención del beneficio jubilatorio."
"Que, en efecto, tal como lo tiene decidido la jurisprudencia de este fuero ... del estudio simultáneo de las leyes 18.610, 18.980 (modificatoria de la anterior) y 19.032, resulta que con la creación del I.N.S.S.J.P. no se produjo un pase automático de beneficiarios ...; por el contrario, esa transferencia resultaría posible sólo en virtud de la opción que voluntariamente realizaran quienes estuvieren interesados en ello, pues en caso contrario, mantendrían su afiliación a la obra social originaria ..."
"Que, por otra parte, del texto de la ley 23.660 ... resulta que la mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces..."
"Que el art. 15 de la ley 26.682 establece: 'Contratación Corporativa. El usuario adherido por contratación grupal o corporativa que hubiese cesado su relación laboral ... tiene derecho a la continuidad con su antigüedad reconocida ... si lo solicita en el plazo de sesenta (60) días desde el cese de su relación laboral ...' ... 'conservarán la antigüedad que detentasen en la entidad, sin que tal afiliación directa pueda ser considerada como una nueva afiliación. No se les podrá exigir tampoco valor diferencial alguno en concepto de situaciones preexistentes.'"
"En consecuencia, estimo que la postura adoptada por la emplazada ... no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativo para quienes ya poseían una obra social ..., pues ese modo de obrar conduce al actor a un estado de indefensión y desamparo que indudablemente conculca el derecho fundamental a la salud ..."
Fallo (fragmento dispositvo): "1) Hago lugar a la presente acción. En consecuencia, condeno a la parte demandada a mantener en forma definitiva como afiliada a la parte actora, debiendo mantener las prestaciones médico-asistenciales que les corresponden en tal calidad de acuerdo con lo establecido en el punto 7. Líbrese oficio a la ANSES ... a fin de que proceda a realizar la derivación de aportes correspondientes ... 2) Imponer las costas a cargo de las demandadas vencidas ... Regulo los honorarios del letrado de la actora ..."
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