TURIEL, DANIEL ALBERTO c/ EN-ARCA-LEY 20628 s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo contra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) solicitando se declare la inconstitucionalidad de normas que justifican el descuento del impuesto a las ganancias sobre su haber previsional. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad reclamada y ordenó la devolución de las sumas retenidas, manteniendo además la imposición de costas a la parte demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Daniel Alberto Turiel.
Demandado: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) / EN-ARCA-LEY.
Objeto: Se planteó la inconstitucionalidad de diversos artículos de la ley 20.628 y sus modificaciones, leyes 27.617, 27.667, 27.701, decretos 394/2016, 298/2022, 714/2022, 473/2023, RG AFIP 5280 y 5417/23, Título V de la Ley 27.743 y su decreto reglamentario 652/2024, por su aplicación del impuesto a las ganancias sobre el haber previsional; además se solicitó el cese de las retenciones y la devolución de las sumas retenidas más intereses.
Decisión: El juez de primera instancia admitió la acción, declaró la inconstitucionalidad de los preceptos indicados y ordenó la devolución de las sumas retenidas con intereses e impuso las costas a la parte demandada. La Cámara desestimó el recurso de apelación de la demandada respecto de la imposición de costas, confirmando la decisión de primera instancia y distribuyendo las costas de la instancia en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
II. Que el juez admitió la acción de amparo y resolvió:
(i) Declarar "la inconstitucionalidad de los artículos '...1ero, 2do inciso 1ero, artículo 23, artículo 26 inciso i) último párrafo; artículo 82 inciso c) artículo 92 y artículo 94 conforme texto ordenado decreto 824/19 actualizado a la fecha con las modificaciones introducidas por la ley 27743'".
(ii) Ordenar "la devolución de las sumas retenidas", más los intereses.
(iii) Imponer las costas a la parte demandada.
III. Que contra dicho pronunciamiento la parte demandada apeló el modo en que fueron impuestas las costas del proceso y expresó que "existen numerosos precedentes en los cuales se ha señalado que la cuestión debatida resultaba compleja y correspondía apartarse del principio objetivo de la derrota". Dichos agravios fueron contestados de forma extemporánea.
IV. Que la decisión del juez de imponer las costas a la parte demandada vencida, debe confirmarse con sustento en el precedente dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Guardia, Víctor Hugo” (Fallos: 348:1540).
En mérito de las razones expuestas, el tribunal RESUELVE: Desestimar el recurso de apelación de la parte demandada con arreglo al considerando IV y distribuir las costas de esta instancia en el orden causado.
- Votos/disidencias: Fallo resuelto por mayoría de la Cámara (dos integrantes por vacante de tercer cargo); no se registra voto en disidencia.
- Fecha: 6 de agosto de 2026.
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