FALKONIER, VICTOR JAVIER Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - ARMADA - DTO 1305/12 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores promovieron acción para reliquidar las Compensaciones por Cambio de Destino (C.C.D.) incorporando los suplementos de los Decretos 1104/05 y 1305/12. La Cámara confirmó la sentencia en lo principal reconociendo el derecho a las diferencias por reliquidación, pero modificó parcialmente al declarar prescrita la acción respecto de las compensaciones cobradas con anterioridad al 5.12.2016.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Victor Javier Falkonier y otros (personal militar).
Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Armada.
Objeto: Reliquidación de las Compensaciones por Cambio de Destino percibidas en los últimos diez años, tomando como base el haber del grado de Almirante (o Teniente General y equivalentes) e incorporando los suplementos creados por el Decreto 1104/05 (y modificatorios) y el Decreto 1305/12 (y modificatorios).
Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en lo principal, declarando el derecho de los actores a percibir las diferencias que surjan de practicar una nueva liquidación de las compensaciones por cambio de destino con la incorporación de los suplementos; admitió parcialmente el recurso de la demandada y declaró prescrita la acción respecto de las compensaciones cobradas con anterioridad al 5.12.2016; distribuyó las costas de alzada en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"1º) Que, el señor juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda y, en consecuencia, declaró el derecho de los actores a percibir las diferencias que surgieran de practicar una nueva liquidación de las compensaciones por “cambio de destino” ya abonadas, incluyendo los incrementos y suplementos establecidos por los decretos 1104/05 y 1305/12 (y sus normas complementarias)."
"6º) Que, desde esta perspectiva, el art. 2408, inc. g, del Decreto 1081/73 contempla la “Compensación por Cambio de Destino” —agregada a través del 1129/74—, que “percibirá el personal de oficiales, suboficiales y voluntarios cuando por disposición de la superioridad y como consecuencia de un cambio de destino entre organismos que disten VEINTE (20) o más kilómetros, o cambio de situación de revista que determine un traslado a esa distancia, deba cambiar en forma permanente su residencia habitual”."
"7º) Que, en atención a lo expuesto, es constante la jurisprudencia de esta Sala, así como la de la Corte federal, sobre el reconocimiento de la naturaleza “remunerativa” y “bonificable” de los incrementos salariales dispuestos por el Decreto 1104/05 y sus modificatorios, y su incorporación al haber mensual del personal militar de las Fuerzas Armadas... De igual modo, se decidió sobre los suplementos y compensaciones creados por el Decreto 1305/2012... que tenían carácter general y, por lo tanto, debían incorporarse al haber mensual del personal militar de las Fuerzas Armadas, con carácter remunerativo y bonificable, hasta el dictado del Decreto PEN 780/2020."
"9º) Que, en lo atinente al plazo de prescripción aplicable, teniendo en cuenta la fecha de inicio de la presente acción (5.12.2021), que los actores no han interpuesto reclamo administrativo previo... y dado que las sumas involucradas no son percibidas en forma periódica, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2560 y 2537 del Código Civil y Comercial, corresponde aplicar al sub lite el plazo quinquenal... En consecuencia, respecto de las compensaciones por cambios de destino cobradas con anterioridad al 5.12.2016, corresponde revocar la sentencia apelada, toda vez que la pretensión se encuentra prescripta."
Voto de mayoría (Duffy), adhesiones de Vincenti y Morán. No se registran votos en disidencia.
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