BUNGE ARGENTINA SA (TF 37543-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Bunge Argentina S.A. promovió recurso directo contra resolución sobre regulación de honorarios practicada por el Tribunal Fiscal. La Cámara dejó sin efecto la regulación del 01/12/2025 y ordenó devolver las actuaciones al tribunal de origen para que practique nueva regulación conforme a las pautas fijadas por la sentencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Bunge Argentina SA (actor recurrente).
Demandado: Dirección General de Aduanas / Tribunal Fiscal (organismo externo y tribunal de origen, según carátula).
Objeto: Impugnación del acto de regulación de honorarios practicado por el Tribunal Fiscal, en el marco de un recurso directo de organismo externo.
Decisión: La Cámara dejó sin efecto la regulación de honorarios practicada el 01/12/2025 y devolvió las actuaciones al tribunal de origen para que practique nueva regulación aplicando las pautas señaladas en el pronunciamiento, en atención a la jurisprudencia de la Corte Suprema y la aplicación normativa correspondiente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original):
"Que, en atención a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación —por mayoría— en Fallos: 341:1063 y 345:220, y teniendo en cuenta que la única etapa del proceso ocurrió bajo el amparo de la ley 21.839, corresponde dejar sin efecto la regulación de honorarios practicada el 01/12/2025; en tanto en el Tribunal Fiscal aplicó la ley 27.423 para cuantificar los emolumentos correspondientes a las tareas realizadas en esa instancia. En consecuencia, a fin de salvaguardar el derecho de defensa de las partes, devuélvanse las actuaciones al tribunal de origen para que practique una nueva regulación de honorarios, de conformidad con las pautas que emanan de la presente. ASÍ SE RESUELVE."
(Se conservó el lenguaje original utilizado por la Cámara en la parte resolutiva del fallo).
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el texto proporcionado.
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