KIMBERLY CLARK ARGENTINA SA (33035-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La actora promovió recurso directo contra la DGA por sanción aduanera y exigencias tributarias vinculadas a una importación temporaria. La Cámara admitió el recurso, revocó la decisión apelada y declaró prescriptas las acciones del Fisco respecto de la DIT 01 001 IT16 000323Z, por nulidad del auto de apertura del sumario.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Kimberly Clark Argentina SA.
Demandado: Dirección General de Aduanas (DGA) / Fisco Nacional.
Objeto: Impugnación de la resolución DE PRLA 6380/12 que condenó a la actora por infracción del artículo 970 del Código Aduanero, impuso una multa de $41.089,83 y exigió tributos por $20.544,91 (más intereses) por un saldo no regularizado de 5.230,63 kg de mercadería vinculada a la DIT 01 001 IT16 000323Z; además impugnación de la liquidación del derecho adicional y percepciones de IVA e Impuesto a las Ganancias.
Decisión: La Cámara admitió el recurso de la actora, revocó la decisión apelada y declaró prescriptas las acciones del Fisco Nacional con relación a la DIT 01 001 IT16 000323Z; impuso las costas a la DGA y dejó sin efecto la regulación de honorarios practicada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En efecto, el vencimiento de la operación involucrada en el caso tuvo lugar el 11/7/02, de manera que el plazo de prescripción de ambas acciones del Fisco comenzó a correr el 1/1/03 (arg. arts. 804 y 935, CA) y se cumplió el 31/12/07, al no haber mediado ninguna causal suspensiva ni interruptiva.
En particular, el auto de apertura del sumario, dictado el 20/9/07 (fs. 9, act. adm.), fue nulo y no tuvo virtualidad para interrumpir ni suspender la prescripción en curso (arg. arts. 805, inc. a, y 937, inc. a, CA), dado que no contó con los elementos requeridos por el artículo 1094 del código de la materia.
Por lo expuesto corresponde admitir la apelación de la actora, revocar la decisión apelada y declarar prescriptas las acciones del Fisco Nacional con relación a la DIT 01 001 IT16 000323Z. Ello, a su vez, torna inoficioso tratar los restantes planteos de la recurrente."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el texto.
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