CAMELIONE, ANTONELLA c/ INDUPLACK FIDUCIARIA S.A. Y OTROS s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
La actora demandó por cumplimiento de contrato, escrituración y daños y perjuicios por la falta de otorgamiento de la escritura de una unidad funcional en el fideicomiso Terrero 1231/33. El Juzgado hizo lugar a la demanda, condenó al fiduciario a escriturar en 30 días y declaró la responsabilidad concurrente de Patricio G. Flores, Emanuel A. L’Abbate e Induplack Fiduciaria S.A. por $5.000.000 más intereses, con aplicación de la cláusula penal a ser liquidada en ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Antonella Camelione.
Demandado: Emanuel Andrés L’Abbate; Patricio Gastón Flores (en su carácter de fiduciario del Fideicomiso Terrero 1231); Induplack Fiduciaria S.A.
Objeto: Escrituración de la Unidad Funcional N°32 (9° piso, letra C) del inmueble sito en Terrero 1231/1233; cumplimiento contractual; y daños y perjuicios (incluyendo cláusula penal, daño moral, pérdida de chance por canon locativo, daño emergente, daño punitivo). Se reclamaron sumas en pesos y dólares, y diversas partidas indemnizatorias.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda. I) Se condenó a Patricio G. Flores, como fiduciario, a escriturar la UF N°32 dentro de 30 días por el escribano pactado; apercibimiento de ejecución por art. 512 CPCC. II) Se condenó concurrentemente a Patricio G. Flores, Emanuel A. L’Abbate e Induplack Fiduciaria S.A. al pago de $5.000.000 por daño moral (más intereses desde el 1/11/2016 conforme lo dispuesto). III) Se admitió la aplicación de la cláusula penal pactada (multa diaria de $300) desde el 1/11/2016, cuya liquidación queda para ejecución. IV) Se rechazó la pretensión por diferencia de mensura y los daños punitivos. Costas a los demandados vencidos. Regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Esa omisa actitud, implica, en principio, un tácito reconocimiento de los hechos expuestos en el escrito inicial y a los efectos legales que de ello se deriva crea una presunción de verdad..." (Considerando I).
"De modo tal que, de acuerdo con los arts. 1185 y 1187 del Código Civil, que encuentran correlato en los art. 969 y 1018 del CCC, el convenio obligaba a la parte accionada a entregar la posesión y otorgar la escritura pública, todo lo cual debe ser juzgado como una prestación de hacer ... la acción de escrituración será favorablemente acogida." (Considerando II).
"la pena se extenderá desde el 1° de Noviembre de 2016 hasta el cumplimiento del acto de escrituración comprometido y atendiendo a que la previsión contractual ... lejos está de exhibirse como abusiva o desproporcionada ... habré de admitir su aplicación en autos." (Considerando IV.A).
"dado que el perjuicio surge in re ipsa loquitur y ponderando la desazón y angustia que en el ánimo de la actora pudo provocar el quebrantamiento de la confianza depositada en su cocontratante ... estimo apropiado establecer esta reparación en la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000)." (Considerando IV.D).
"En atención a lo hasta aquí considerado, normas legales, doctrina y jurisprudencia citadas FALLO: I.
- Haciendo lugar a la demanda entablada por Antonella Camelione ... II.
- Condenar a Patricio Gastón Flores ... Emanuel Andrés L´Abbate e 'Induplack Fiduciaria S.A.' en forma concurrente a pagar a la actora ... cinco millones de pesos ($5.000.000) ..." (Fallo).
- Votos en disidencia: No existen votos en disidencia en la sentencia.
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