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Incidente Nº 1 - ACTOR: PERRY, MONICA BEATRIZ DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

La actora promovió ejecución de sentencia contra ANSeS para liquidación y pago de reajustes y retroactivos previsionales. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando las impugnaciones de ANSeS y siguiendo la doctrina de la Corte en materia de retención del impuesto a las ganancias.

Ejecucion previsional Anses Planilla pericial Subsidios Pbu Impuesto a las ganancias Retencion Costas Confirmacion de sentencia Jurisprudencia garcia (26/03/2019).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: PERRY, Mónica Beatriz (actora / titular de los haberes). Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto: Ejecución de sentencia para aprobación de planilla pericial y pago de haberes retroactivos / reajustes previsionales; impugnaciones sobre la liquidación (rentas por moratoria, actualización de PBU, descuentos, impuesto a las ganancias, excepciones de falta de acción y pago documentado, plazo para cumplimiento, costas y honorarios). Decisión: Se rechazó el recurso de apelación de ANSeS y se confirmó la sentencia de primera instancia en todos los extremos analizados; se impusieron las costas en la Alzada a la demandada y se regularon honorarios. Fecha de firma: 05/08/2026.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales del fallo):
- Sobre sumas percibidas como subsidios: "aquellos que se perciben como 'subsidios' 'apoyos' 'ayuda' que son abonados por el Pami domiciliario’ ‘Subsidio habitacional’ ‘Pami pañales’) no deben ser tenidos en cuenta, porque tienen un carácter excepcional destinado a incrementar la capacidad económica de afiliados en situación de vulnerabilidad social. Además, si el pago adicional no conforma el haber por disposición expresa de la normativa o por encontrarse excluido del descuento de obra social o el cómputo del haber anual complementario, no debe integrar la liquidación, tanto en el percibido como el reclamado. Siempre que el motivo de su otorgamiento sea paliativo de las dificultades económicas sufridas por los beneficiarios de menor cuantía (ejemplo ‘refuerzo previsional’)."
- Sobre el tratamiento del pago parcial y la metodología pericial: "la metodología aplicada por el perito resulta procedente. Por ello, habiéndose deducido correctamente el pago parcial realizado, se confirma lo resuelto."
- Sobre la retención del impuesto a las ganancias y doctrina aplicable: "la resolución recurrida remitió, al precedente 'García' de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (fallo del 26/03/19), criterio sostenido por esta Sala 'A' en la causa FRO Nº 24589/2019 'CALDERON, Aníbal Norberto c/ANSeS s/Ejecución Previsional' del 25/08/2022, lo que no fue rebatido por la apelante, por lo que corresponde estar a lo allí resuelto." Además, en voto concurrente: "entiendo que debería quedar exento del impuesto a las ganancias la totalidad del retroactivo reconocido en autos."
- Sobre otros planteos y remisión a precedentes: "A las restantes cuestiones, adhiero al voto del vocal preopinante... guardan analogía con lo resuelto por esta Sala integrada en la causa N° FRO 827/2020... a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad y economía procesal."
- Decisión dispositiva: "I.
- Confirmar la sentencia de primera instancia en los términos del presente. II.
- Imponer las costas devengadas en la Alzada, a la demandada vencida (artículo 68 del C.P.C.C.N.). III.
- Regular los honorarios de los profesionales primera instancia." (No hubo voto en minoría que modifique la mayoría; se adoptó la decisión por mayoría con votos de Pineda y Andalaf Casiello.)

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