Incidente Nº 1 - ACTOR: BOLDRINI, NORBERTO RAMON DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
El actor promovió ejecución de sentencia contra ANSeS por reajustes de haberes y planilla practicada en ejecución. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia rechazando los agravios de ANSeS y mantuvo la liquidación y ejecución, imponiendo costas a la recurrente y regulando honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Boldrini, Norberto Ramón.
Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social), expediente originario Juzgado Federal Nº 2 de Rosario, Incidente Nº 1
- EJECUCIÓN DE SENTENCIA.
Objeto: Ejecución de sentencia y liquidación de haberes/reajustes (incluye Prestación Básica Universal
- PBU), interés, retenciones aplicables, excepciones de pago y falta de acción, plazo para cumplimiento, costas y honorarios.
Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus términos. Se rechazaron los agravios de ANSeS respecto del índice de actualización aplicado, de la omisión de retención del impuesto a las ganancias (con análisis jurisprudencial), de las excepciones de pago y falta de acción, del plazo de cumplimiento de 30 días, de la imposición de costas y de la regulación de honorarios. Se impusieron las costas de Alzada a la recurrida y se fijaron honorarios en esta Alzada en el 30% de lo que se haya fijado en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"La ANSeS se agravió del reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU) según ISBIC y solicitó se practiquen nuevos cálculos utilizando el índice previsto en la sentencia de la Sala I de la C.F.S.S. en la causa 'Quiroga, Carlos Alberto' del 30 de abril de 2010."
"Avocándome al agravio relativo a la omisión de la retención del impuesto a las ganancias, cabe señalar que la resolución recurrida remitió, al precedente 'García' de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (fallo del 26/03/19), criterio sostenido por esta Sala 'A' ... Por ello, será rechazado."
"En consecuencia, corresponde rechazar los agravios en cuanto al rechazo de las excepciones de pago y falta de acción y/o inhabilidad de título, al plazo otorgado para el cumplimiento de la sentencia, a la imposición de costas y a la regulación de los honorarios de la profesional interviniente, confirmando la sentencia apelada en tales aspectos."
Voto de la Dra. Andalaf Casiello: "entiendo que debería quedar exento del impuesto a las ganancias la totalidad del retroactivo reconocido en autos."
Resolución final: "I.
- Confirmar la sentencia de primera instancia en los términos del presente. II.
- Imponer las costas devengadas en la Alzada, a la demandada vencida (artículo 68 del C.P.C.C.N.). III.
- Regular los honorarios de los profesionales actuantes en esta Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia."
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