OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES c/ AMALFITANA S.A.S. s/EJECUCION FISCAL ? Varios
La Obra Social de los Empleados de Comercio promovió ejecución fiscal contra AMALFITANA S.A.S. El Juzgado Federal Nº2 de Rosario declaró la caducidad de la instancia por falta de impulso procesal conforme al art. 310 inc. 2° del C.P.C.C.N. y condenó en costas a la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES.
Demandado: AMALFITANA S.A.S.
Objeto: Ejecución fiscal (expte. n° 27545/2025).
Decisión: Se declaró la caducidad de instancia por aplicación del art. 310 inc. 2° del C.P.C.C.N. por inexistencia de impulso del procedimiento; costas a la actora; notificaciones por vía electrónica; oficio a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema (Acordada CSJN 10/2025).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"Desde el último acto procesal cumplido en esta litis ha transcurrido con exceso el plazo previsto por el art. 310 inc. 2° del C.P.C.C.N. sin que se haya instado el procedimiento, siendo que la instancia se abre con la promoción de la demanda."
"En mérito de lo expuesto, RESUELVO: I) DECLARAR LA CADUCIDAD DE INSTANCIA en la presente causa por aplicación del art. 310 inc. 2° del C.P.C.C.N. ante la inexistencia del impulso del procedimiento. Con costas a la actora (cfr. Art. 73 in fine del código ritual). II) Regístrese y notifíquese las partes vía electrónica por Secretaría."
Se agrega la constancia de firma y fecha: Fecha de firma: 05/08/2026. Firmado por: NATALIA ANALIA MARTINEZ, JUEZA DE 1RA. INSTANCIA. Asimismo se ordenó: "III) Infórmese a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Acordada CSJN 10/2025 del 29/5/2025)."
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