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MUÑOZ, PATRICIA BEATRIZ c/ ANSES s/PENSIONES

La actora promovió demanda contra ANSeS por reconocimiento y pago de pensión por fallecimiento con liquidación de retroactivos. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, reconoció la pensión, ordenó nueva liquidación y sostuvo la aplicación de la tasa pasiva para intereses y la exención del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos.

Pension por fallecimiento Anses Retroactivos Tasa pasiva Inconstitucionalidad impuesto a las ganancias Ley 24.241 art. 53 Prescripcion 23/08/2020 Costas Dnu 157/2018 Camara federal de rosario

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Patricia Beatriz Muñoz. Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto: Reconocimiento de pensión directa por fallecimiento de Francisco Andrés Nadal y pago de los haberes y retroactivos correspondientes; impugnación de la resolución administrativa que negó el beneficio; peticiones accesorias sobre actualización/índices, intereses y gravamen por impuesto a las ganancias. Decisión: Se confirmó la sentencia de fecha 19/03/2025 que hizo lugar a la demanda, revocó la resolución de la UDAI Pergamino RBO-K 300/22, ordenó a ANSeS que en 30 días emita nueva liquidación conforme lo considerado, declaró prescritos los períodos anteriores al 23/08/2020, declaró inaplicable el impuesto a las ganancias sobre los retroactivos y confirmó la imposición de costas a la demandada; reguló honorarios de alzada en 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Ello así, debe rechazarse el planteo toda vez que nuestro Máximo Tribunal en la causa “Spitale, Josefa Elida c/ ANSeS” del 14/09/2004, sentó que: '… la tasa pasiva promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina es adecuadamente satisfactoria del menoscabo patrimonial sufrido por la demandante, en el marco de la índole previsional de la relación jurídica en examen…'." "En virtud de lo expuesto, corresponde rechazar el pedido de declaración de inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación, al ser este el criterio seguido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos precedentemente mencionados." "Cabe señalar que pesa sobre la apelante la carga de efectuar una crítica concreta y razonada de las partes del fallo recurrido ... Tal requerimiento no fue satisfecho por la recurrente, dado que las críticas vertidas solo se basaron en afirmaciones de tipo dogmáticas, sin el debido desarrollo argumental..." "En cuanto al impuesto a las ganancias teniendo en cuenta la jurisprudencia dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación ... entiendo que debería quedar exento del impuesto a las ganancias la totalidad del retroactivo reconocido en autos." (Se incorpora además el detalle probatorio valorado por el juez a quo sobre convivencia: correspondencia en Merced nº 1147 Pergamino; mails del causante refiriéndose a la actora como su 'mujer'; cédula verde del causante con domicilio de convivencia; certificado médico; carnets del natatorio; mails de agencia de viajes; testimonios rendidos ante el Juzgado Civil y Comercial nº 3 de Pergamino, entre otros, que justificaron el reconocimiento del derecho previsto en art. 53 ley 24.241.)
- Votos: mayoría integrada por las Dras. Vidal y Andalaf Casiello (adhesión expresada). No hubo voto en disidencia relevante consignado.

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