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VANZAN, AMALIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió acción contra ANSES por reajustes y recálculo de haberes jubilatorios, reclamando recálculo del haber inicial y aplicación de movilidades. La Cámara Federal de Posadas confirmó parcialmente la sentencia de grado, ordenó el recálculo conforme al precedente Makler para los aportes autónomos, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 (aplicándose dicha norma para marzo de 2018) y difirió al cálculo de liquidación el examen sobre la constitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609.

Reajustes Recalculo haberes Movilidad previsional Makler Fernandez pastor Ley 27.426 Ley 27.609 Pbu Anses Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Amalia Vanzan (actora). Demandado: ANSES. Objeto: Reajustes y recálculo del haber jubilatorio (beneficio N° 15-0-3262910-0-1), actualización de la PBU y aplicación de mecanismos de movilidad; pago de diferencias y sus intereses. Decisión: Se confirmó parcialmente la sentencia de grado en lo principal; se ordenó que ANSES recalcule el haber inicial aplicando el criterio de equivalencias y la totalidad de años y categorías aportadas (precedente Makler) y aplique las movilidades correspondientes, pero se revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 (por aplicación del precedente Fernández Pastor de la CSJN para marzo de 2018) y se revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, difiriendo su análisis a la etapa de liquidación. Costas de esta instancia por su orden.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Que, empero, esa doctrina no ha importado privar a los Magistrados de la facultad de apreciar con criterio propio las resoluciones del Tribunal y apartarse de ellas cuando median motivos valederos para hacerlo, siempre que tal apartamiento hubiera sido debidamente fundado en razones novedosas y variadas (Fallos: 262:101; 302:748
- LA LEY, 1981 A, 587 -; 304:898 y 1459; 307:2124; 312:2007; 321:3201, entre otros)." "Por ello, para la determinación de los haberes percibidos por la actora como autónoma, resulta acertada la aplicación del precedente 'Makler Simón c/ ANSES s/ Inconstitucionalidad ley 24.463' de fecha 20/05/03, siendo que el mismo estableció que deben considerarse todos los años y categorías efectivamente aportadas sin sujetarlo a límite alguno, lo cual condice con el procedimiento establecido en el art 36 de la ley 18.038, pauta que fue receptada por la ley 24241." "Que entonces, dejando a salvo el criterio que ha sostenido esta Cámara Federal en numerosos casos análogos al presente, es deber de los tribunales inferiores de conformar sus decisiones a las sentencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictadas en casos similares ... En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio del organismo demandado sobre el ajuste ordenado para el período cuestionado, debiéndose disponer, en su lugar, que la movilidad correspondiente al período marzo de 2018 sea calculada conforme las pautas de la ley 27.426 y el precedente 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSES s/ amparos y sumarísimos' (sentencia del 4/12/2025 de la CSJN, Fallos: 348:1698)." "Ahora bien, bajo los parámetros excepcionales en el que se debe enmarcar la declaración de inconstitucionalidad de una norma ya referidos supra y la necesidad de contar sustento probatorio fehaciente del que se pueda concluir una afectación patrimonial, en los términos de los arts. 14 bis y 17 CN, es que considero prudente revocar lo decidido en anterior instancia y diferir la decisión al respecto de la inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley 27.609 a la etapa de liquidación."
- Votos: El voto decisorio fue del Dr. Mario Osvaldo Boldú y los Dres. Mirta Delia Tyden y Fabián Gustavo Cardozo adhirieron.

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