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ROMERO, HECTOR ORLANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando reajustes varios sobre su prestación previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata rechazó el recurso de ANSES, confirmó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de decretos y artículos de ley que afectaban la movilidad, ordenando la liquidación conforme al IPC del INDEC cuando resulte más favorable.

Reajuste de haberes Anses Inconstitucionalidad Decreto 163/2020 Ley 27.541 Ley 27.609 Ipc-indec Exencion impuesto a las ganancias Dnu 157/2018 Ley 24.241

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ROMERO, HECTOR ORLANDO. Demandado: ANSES. Objeto: Reajustes varios sobre prestación previsional (reajuste de haberes y retroactivos). Decisión: Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y se confirmó la sentencia de grado. La Cámara declaró la inconstitucionalidad del Decreto 163/2020, de la ley 27.541, del art. 1 de la ley 27.609 (con reglas de aplicación explícitas) y del art. 3 del DNU 157/2018 en cuanto interesa; confirmó la exención del impuesto a las ganancias sobre las retroactividades; y rechazó la aplicación del precedente "Villanustre" al caso. Se impusieron las costas a la vencida. Fecha de firma: 05/08/2026. Expte.: 17436/2025.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Que del examen de autos surge que el Sr. ROMERO HECTOR ORLANDO, adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241." "II.
- Respecto al agravio relacionado con el planteo de inconstitucionalidad del decreto dictado por el PEN 163/2020 y de la ley 27.541, consideramos que la cuestión es sustancialmente análoga a lo examinado por esta Alzada en los Autos “CIER, NILDA PILAR c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, ... por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí expresados que pasan a integrar el presente resolutorio en lo que aquí concierne. En consecuencia, corresponde confirmar la declaración de inconstitucionalidad de dichos decretos." "En consecuencia, corresponde confirmar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y en su lugar deberá estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC, no obstante la solución aquí dispuesta solo se aplicará si el cálculo supone una mejora en la prestación que percibió la parte actora, debiendo estar a las disposiciones de la ley 27.609 en aquel período que eventualmente ésta resulte más favorable al haber de la actora." "IV.
- Ahora bien, en referencia al agravio planteado por la parte demandada en su memorial relacionado la exención del impuesto a las ganancias, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara ... por lo que corresponde rechazar el planteo efectuado por la demandada, debiendo confirmar lo decidido por el a-quo en cuanto declara exentas del impuesto a las ganancias a las retroactividades emergentes de la sentencia dictada en autos." "V.
- ... consideramos que no corresponde la aplicación del aludido precedente jurisprudencial [Villanustre], dictado en el marco de un reajuste de una jubilación otorgada al amparo de la ley 18.037, conforme lo examinado por esta Cámara ..." "I.
- RECHAZAR el recurso de apelación deducido por la demandada y, en consecuencia, CONFIRMAR LA SENTENCIA de autos en cuanto fue materia de apelación y agravio; II.
- IMPONER las costas de ambas instancias a la vencida (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
- Votos y mayorías: La resolución se dictó por la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata; los fundamentos citados y la resolución tienen vocación colegiada (firmado por los jueces de cámara Tazza y Jiménez). No se consignan votos en disidencia en el texto aportado.

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