MEJUTO, SUSANA MATILDE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió reclamo contra ANSeS por reajustes varios de su haber previsional y cuestionamientos de inconstitucionalidad de normativas y decretos. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de grado respecto del índice a considerar para la PBU y diferió para liquidación la demostración de eventuales quitas, y confirmó el resto de la sentencia, declarando la inconstitucionalidad de normas y decretos indicados y imponiendo costas a la vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MEJUTO, SUSANA MATILDE.
Demandado: ANSeS.
Objeto: Reajustes varios de haberes previsionales (reajuste de PBU, recalculo del haber respecto de aportes autónomos), tratamiento de inconstitucionalidad de decretos y normas (Dec. 807/2016, Res. 56/2018, Decs. 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020, art. 1 ley 27.609, art. 9 ley 24.463, art. 3 DNU 157/2018), aplicación del precedente "Villanustre", tasa de interés aplicada e imposición de costas.
Decisión: Se revocó parcialmente la sentencia de primera instancia respecto del índice a considerar para la PBU (diferimiento para la etapa de liquidación la demostración de eventual quita o merma confiscatoria). Se confirmó el resto de la sentencia apelada. Se declaró la inconstitucionalidad de los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020; se declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y se indicó aplicarse el Índice de Precios al Consumidor del INDEC; se remitió al uso de la tasa pasiva promedio del BCRA para intereses; se diferenció el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 para la etapa de ejecución; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; y se impusieron las costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales relevantes tomados del fallo):
1) "Que del examen de autos surge que la Sra. MEJUTO SUSANA MATILDE, adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241, con fecha de adquisición del derecho el 01/05/2017."
2) "En cuanto al agravio vinculado con el reajuste de la PBU, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: 'GIANOLI, NORMA ISABEL c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES'... por lo que corresponde revocar en cuanto anticipa el índice a considerar, el cual deberá evaluarse al momento de practicar liquidación."
3) "En relación al agravio expuesto sobre la falta de pronunciamiento del precedente 'Villanustre', siendo que su mandante jubilado se encuentra comprendida en el régimen previsto por la ley 24.241, consideramos que no corresponde la aplicación del aludido precedente jurisprudencial, dictado en el marco de un reajuste de una jubilación otorgada al amparo de la ley 18.037..."
4) "En cuanto al agravio vinculado con la tasa de interés aplicada, corresponde remitir a lo examinado por esta Alzada en los autos: 'AGUIRRE, MARIA NORA c/ ANSeS s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO'... y disponer que a las sumas adeudadas se le adicionen intereses, conforme la tasa pasiva promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina..."
5) "Por ello, éste Tribunal RESUELVE: I.
- REVOCAR parcialmente la sentencia del Sr Juez de grado y en consecuencia, diferir para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria, por quien pretende el ajuste de la PBU, de conformidad con lo dispuesto por la CSJN en el fallo, 'Quiroga' señalado precedentemente; II.
- CONFIRMAR el resto de la SENTENCIA del Juez de grado, en cuanto fue materia de apelación y agravio."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia relevantes en el extracto aportado.
Fechas relevantes: fecha de adquisición del derecho 01/05/2017; fecha de firma de la resolución 05/08/2026.
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