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ARENAZA, RAUL ROBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSeS por reajustes varios de su prestación previsional y cuestionamientos constitucionales a decretos y a la ley 27.609. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de grado, confirmó el resto, declaró la inconstitucionalidad de los decretos y del art. 1 de la ley 27.609 y dispuso criterios de cálculo y liquidación favorables al actor en lo que implique mejora.

Reajuste pbu Inconstitucionalidad decretos 163/2020 495/2020 692/2020 899/2020 Art.1 ley 27.609 Indice de precios al consumidor (indec) Impuesto a las ganancias exencion Tasa pasiva bcra Liquidacion Quiroga Costas a la vencida.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ARENAZA, RAUL ROBERTO. Demandado: ANSeS. Objeto: Reajustes varios de haberes previsionales (PBU), impugnación de decretos PEN 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020; inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609; exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos; aplicación del precedente "Villanustre"; tasa de interés aplicada; imposición de costas. Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado (diferir para etapa de liquidación la demostración de eventual quita o merma confiscatoria respecto del ajuste de la PBU) y confirmó el resto de la sentencia apelada. Declaró la inconstitucionalidad de los decretos citados y del art. 1 de la ley 27.609; ordenó tomar el IPC del INDEC cuando ello implique mejora para la actora, precisó modos de comparación trimestral conforme ley 27.609 y fijó interés conforme tasa pasiva promedio del BCRA; confirmó la exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos y aplicó las costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "En consecuencia, corresponde confirmar la declaración de inconstitucionalidad de dichos decretos." "En consecuencia, corresponde confirmar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y en su lugar deberá estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC, no obstante la solución aquí dispuesta solo se aplicará si el cálculo supone una mejora en la prestación que percibió la parte actora, debiendo estar a las disposiciones de la ley 27.609 en aquel período que eventualmente ésta resulte más favorable al haber de la actora." "A fin de evitar confusiones al momento de practicar la liquidación es que corresponde aclarar, que la comparativa de los índices deberá efectuarse de acuerdo a los periodos trimestrales establecidos por la ley 27.609, debiendo ajustarse los cálculos de la movilidad del haber previsional, con la tabla de cálculo que se ha incorporado en la resolución de fecha 13/06/2025, en los autos: 'Gimenez'..." "Por lo que corresponde rechazar el planteo efectuado por la demandada, debiendo confirmar lo decidido por el a-quo en cuanto declara exentas del impuesto a las ganancias a las retroactividades emergentes de la sentencia dictada en autos." "corresponde remitir a lo examinado por esta Alzada ... y disponer que a las sumas adeudadas se le adicionen intereses, conforme la tasa pasiva promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina..." "I.
- REVOCAR parcialmente la sentencia del Sr Juez de grado y en consecuencia, diferir para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria, por quien pretende el ajuste de la PBU, de conformidad con lo dispuesto por la CSJN en el fallo, 'Quiroga' señalado precedentemente; II.
- CONFIRMAR el resto de la SENTENCIA del Juez de grado, en cuanto fue materia de apelación y agravio. III.
- IMPONER las costas de ambas instancias a la vencida (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)." (No consta voto en disidencia en el extracto suministrado.)

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