MONTI, SUSANA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda contra ANSES solicitando reajustes de haberes previsionales y cobro de diferencias por bonos extraordinarios y aplicación de índices de movilidad. La Cámara Federal de Mar del Plata hizo parcialmente lugar a la apelación de la actora, declaró la inconstitucionalidad de varios decretos y del art. 1 de la ley 27.609, ordenó recomponer desde 09/2022 y aplicar el IPC del INDEC, e impuso costas a la vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MONTI, SUSANA BEATRIZ.
Demandado: ANSES.
Objeto: Reajustes varios de haberes previsionales, diferencias por aplicación de bonos extraordinarios como refuerzo de movilidad, tratamiento de inconstitucionalidad de decretos del PEN (163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020) y de normas como el art. 1 de la ley 27.609 y el art. 9 de la ley 24.463; además, exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos.
Decisión:
- Hacer lugar al recurso interpuesto por la actora: declarar la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y ordenar a ANSES abonar la diferencia que surja entre lo percibido y lo que hubiere percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426.
- Revocar parcialmente el decisorio en cuanto ordena recomponer el haber a partir del mensual 09/2022 y hasta que deje de otorgarse el "Bono Extraordinario Previsional", y confirmar la declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 1º de la ley 27.609, debiéndose aplicar lo resuelto en autos citados.
- Confirmar el resto de la sentencia apelada en cuanto fue materia de apelación y agravio.
- Declarar exentas del impuesto a las ganancias las retroactividades emergentes de la sentencia.
- Declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y mediante ello imponer las costas de ambas instancias a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "II.
- En referencia al agravio planteado por la parte demandada en su memorial relacionado la exención del impuesto a las ganancias, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: 'GUIRAO MARÍA c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES', ... por lo que corresponde rechazar el planteo efectuado por la demandada, debiendo confirmar lo decidido por el a-quo en cuanto declara exentas del impuesto a las ganancias a las retroactividades emergentes de la sentencia dictada en autos."
- "III.
- Respecto a los agravios de ambas partes, vinculados con la aplicación de bonos extraordinarios como refuerzo de movilidad y el tratamiento de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, cabe remitir en este caso a los fundamentos expresados por ésta Alzada en los autos: 'GARECA, MARIA TERESA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986'..., que pasan a formar parte en lo pertinente del presente resolutorio. Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC."
- "IV.
- En cuanto al agravio relacionado con el rechazo al planteo de inconstitucionalidad de los decretos dictados por el PEN 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, consideramos que es sustancialmente análogo a lo examinado por esta Alzada en los Autos 'CIER, NILDA PILAR c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES'..., por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí expresados que pasan a integrar el presente resolutorio en lo que aquí concierne. En consecuencia, corresponde DECLARAR la inconstitucionalidad de los Dec. 163/2020 495/2020, 692/2020 y 899/2020, y con ello ordenar a la demandada a que abone la diferencia que surja entre lo percibido por la actora y lo que hubiere percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426."
- "V.
- En relación al agravio relacionado con el tratamiento de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463, norma que establece un sistema de topes a los haberes previsionales, corresponde confirmar el diferimiento de su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia."
- "VI.
- Por último, respecto a las costas de ambas instancias, cabe recordar lo señalado en la sentencia dictada en: 'AGOSTINO, TERESITA DEL CARMEN c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS'... En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, e imponer las costas a la vencida. (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
- Votos en disidencia: No consta votación dividida ni votos en disidencia relevantes en el texto.
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