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REYNOSO, MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda contra la ANSeS por reajustes varios de una pensión derivada. La Cámara Federal de Mar del Plata rechazó la apelación de la demandada y confirmó la sentencia, declarando la inconstitucionalidad de varios decretos y del art. 1 de la ley 27.609, disponiendo la aplicación comparativa del IPC del INDEC cuando ello signifique mejora para la actora.

Reajustes Pension derivada Anses Inconstitucionalidad decretos 163/2020 495/2020 692/2020 899/2020 Ley 27.609 art.1 Ipc indec Impuesto a las ganancias exencion Ley 18.037 art.79 Costas a la vencida Camara federal de mar del plata

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: REYNOSO, MARIA CRISTINA. Demandado: ANSeS. Objeto: Reajustes varios sobre prestación previsional (pensión derivada) y cuestionamientos de constitucionalidad respecto de decretos del PEN (163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020), del art. 1 de la ley 27.609 y del art. 79 de la ley 18.037; además cuestiones sobre exención del impuesto a las ganancias, aplicación del precedente "Villanustre" e imposición de costas. Decisión: La Cámara rechazó el recurso de apelación de la demandada y confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue materia de agravio; declaró la inconstitucionalidad de los decretos PEN 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020 y del art. 1 de la ley 27.609 (con la salvedad de aplicar el índice IPC del INDEC si resulta más favorable para la actora y comparativa trimestral conforme la ley 27.609), confirmó la exención del impuesto a las ganancias sobre las retroactividades, rechazó la aplicación del precedente Villanustre por tratarse de régimen ley 24.241, difirió el tratamiento del art. 79 de la ley 18.037 para ejecución, e impuso las costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "Que del examen de autos surge que la Sra. REYNOSO MARIA CRISTINA, adquirió su beneficio previsional de pensión derivada, conforme lo normado por la Ley 24.241." "En consecuencia, corresponde confirmar la declaración de inconstitucionalidad de dichos decretos." "En consecuencia, corresponde confirmar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y en su lugar deberá estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC, no obstante la solución aquí dispuesta solo se aplicará si el cálculo supone una mejora en la prestación que percibió la parte actora, debiendo estar a las disposiciones de la ley 27.609 en aquel período que eventualmente ésta resulte más favorable al haber de la actora." "Asimismo, cabe señalar que en el período correspondiente a Junio del 2024 se considera el índice IPC, ya que al consignado en la columna “ley 27.609” (41,48%) se le adicionó la “recomposición” (12,43%) establecida mediante Dec. 274/24." "En cuanto al agravio ... la exención del impuesto a las ganancias, el mismo resulta sustancialmente análogo ... por lo que corresponde rechazar el planteo efectuado por la demandada, debiendo confirmar lo decidido por el a-quo en cuanto declara exentas del impuesto a las ganancias a las retroactividades emergentes de la sentencia dictada en autos." "Siendo que su mandante jubilado se encuentra comprendida en el régimen previsto por la ley 24.241, consideramos que no corresponde la aplicación del aludido precedente jurisprudencial [Villanustre]..." "Respecto al agravio relacionado con el tratamiento de inconstitucionalidad del art. 79 de la ley 18.037... corresponde diferir su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia." "I.
- RECHAZAR el recurso de apelación deducido por la demandada y, en consecuencia, CONFIRMAR LA SENTENCIA de autos en cuanto fue materia de apelación y agravio; II.
- IMPONER las costas de ambas instancias a la vencida (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
- Votos/dissidencias: No consta voto en disidencia en el ejemplar remitido; la resolución fue suscripta por la Cámara.

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