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Incidente Nº 9 - IMPUTADO: TORRES, GABRIELA VANESA s/INCIDENTE DE BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

La defensoria pública solicitó el beneficio de litigar sin gastos para Gabriela Vanesa TORRES a fin de continuar instancia recursiva ante la CSJN en la causa por hurto FCR 1028/2021/TO1. La Cámara concedió el beneficio por concurrir la carencia de recursos acreditada y considerando la necesidad de garantizar el acceso a la instancia extraordinaria, con conformidad del Ministerio Público Fiscal.

Beneficio de litigar sin gastos Incidente Acceso a la justicia Hurto Camara Csjn Carencia de recursos Ministerio publico fiscal Costas $1.400.000 Art. 78 c.p.c. y c.

¿Quién es el actor?

Defensor Público Oficial en representación de Gabriela Vanesa TORRES.

¿A quién se demanda?

Incidente desprendido de la causa FCR 1028/2021/TO1 “GUZMÁN, Héctor Elías y otros s/Hurto” (originaria del Juzgado Federal de Rawson).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Concesión del beneficio de litigar sin gastos para poder sustentar la instancia recursiva ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

¿Qué se resolvió?

Se concede el beneficio de litigar sin gastos a Gabriela Vanesa TORRES, DNI 31.898.452, para la causa FCR 1028/2021/TO1.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que conforme surge de las constancias de autos, se dio cumplimiento al art. 80 del C.P.C.C.-"

"El Código Procesal condiciona la obtención del beneficio a la concurrencia de dos requisitos, carencia de recursos y la necesidad de reclamar o defender derechos propios o del cónyuge o de sus hijos menores.-"

"La concesión del beneficio de litigar sin gastos, queda librada entonces a la prudente apreciación judicial en tanto a los medios probatorios incorporados al incidente reúnan los requisitos suficientes para llevar al ánimo del juzgado la verosimilitud de las condiciones de pobreza alegadas. -"

"Por ello, de conformidad con los argumentos expuestos, atendiendo a la situación de autos y de conformidad con el Ministerio Fiscal, el Tribunal, RESUELVE: CONCEDER a Gabriela Vanesa TORRES, DNI 31.898.452, argentino, titular del D.N.I Nº 25.710.658 el BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS, en esta causa FCR 1028/2021/TO1 “GUZMÁN, Héctor Elías y otros s/Hurto”.-"

¿Cómo votaron los jueces?

Se deja constancia de que "El Dr. Quadrini no firma la presente resolución por encontrarse en uso de licencia." La decisión se documenta como resuelta por los jueces firmantes.

Fechas y montos relevantes:

Fecha de firma: 05/08/2026.

Se advierte que, en caso de eventual rechazo de la queja, el peticionante debería cargar con las costas fijadas en PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS MIL ($ 1.400.000) conforme Ac. 21/25.

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