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Incidente Nº 9 - IMPUTADO: TORRES, GABRIELA VANESA s/INCIDENTE DE BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

La defensoria pública solicitó el beneficio de litigar sin gastos para Gabriela Vanesa TORRES a fin de continuar instancia recursiva ante la CSJN en la causa por hurto FCR 1028/2021/TO1. La Cámara concedió el beneficio por concurrir la carencia de recursos acreditada y considerando la necesidad de garantizar el acceso a la instancia extraordinaria, con conformidad del Ministerio Público Fiscal.

Beneficio de litigar sin gastos Incidente Acceso a la justicia Csjn Hurto Carencia de recursos Art. 78 c.p.c. y c. Ministerio publico fiscal Camara Costas $1.400.000

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Defensor Público Oficial en representación de Gabriela Vanesa TORRES. Demandado: Incidente desprendido de la causa FCR 1028/2021/TO1 “GUZMÁN, Héctor Elías y otros s/Hurto” (originaria del Juzgado Federal de Rawson). Objeto: Concesión del beneficio de litigar sin gastos para poder sustentar la instancia recursiva ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Decisión: Se concede el beneficio de litigar sin gastos a Gabriela Vanesa TORRES, DNI 31.898.452, para la causa FCR 1028/2021/TO1.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como constan en el fallo): "Que conforme surge de las constancias de autos, se dio cumplimiento al art. 80 del C.P.C.C.-" "El Código Procesal condiciona la obtención del beneficio a la concurrencia de dos requisitos, carencia de recursos y la necesidad de reclamar o defender derechos propios o del cónyuge o de sus hijos menores.-" "La concesión del beneficio de litigar sin gastos, queda librada entonces a la prudente apreciación judicial en tanto a los medios probatorios incorporados al incidente reúnan los requisitos suficientes para llevar al ánimo del juzgado la verosimilitud de las condiciones de pobreza alegadas. -" "Por ello, de conformidad con los argumentos expuestos, atendiendo a la situación de autos y de conformidad con el Ministerio Fiscal, el Tribunal, RESUELVE: CONCEDER a Gabriela Vanesa TORRES, DNI 31.898.452, argentino, titular del D.N.I Nº 25.710.658 el BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS, en esta causa FCR 1028/2021/TO1 “GUZMÁN, Héctor Elías y otros s/Hurto”.-"
- Votos/diferencias: Se deja constancia de que "El Dr. Quadrini no firma la presente resolución por encontrarse en uso de licencia." La decisión se documenta como resuelta por los jueces firmantes. Fechas y montos relevantes:
- Fecha de firma: 05/08/2026.
- Se advierte que, en caso de eventual rechazo de la queja, el peticionante debería cargar con las costas fijadas en PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS MIL ($ 1.400.000) conforme Ac. 21/25.

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