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SECRETARIA DE TRABAJO EMPLEO Y SEG SOC c/ HUENEY BB 8000 SRL s/EJECUCION FISCAL ? MINISTERIO DE TRABAJO

La Secretaría de Trabajo promovió ejecución fiscal contra HUENEY BB 8000 SRL por pago de capital adeudado. El Juzgado Federal ordenó el remate y la ejecución hasta obtener el íntegro pago del capital reclamado ($100.000) más intereses, gastos y costas, fundando la decisión en la falta de oposición dentro del término legal y en las normas CPCCN, ley 11.683 y Decreto 65/05.

Ejecucion fiscal Remate Secretaria de trabajo Falta de oposicion Perdida del derecho Cpccn art. 41 68 542 551 558 Ley 11.683 Decreto 65/05 $100.000

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (actora). Demandado: HUENEY BB 8000 SRL. Objeto: Ejecución fiscal para el íntegro pago del capital reclamado de $100.000, más intereses, gastos y costas. Decisión: Se decretó la pérdida del derecho de la demandada por no oponer excepción legítima en término; se condenó a remate y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta lograr el íntegro pago del capital reclamado ($100.000) con más intereses, gastos y costas; se remitió la regulación de honorarios al procedimiento legal aplicable y se aplicó apercibimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "No habiendo opuesto excepción legítima alguna la demandada dentro del término que se acordara, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar. En consecuencia, conforme lo pedido y lo prescripto por el CPCCN: 542, 551 y 558; la ley 11.683: 92 y el Decreto 65/05, SENTENCIO esta causa a REMATE y ordeno llevar adelante la ejecución hasta que la actora se haga de la parte demandada, HUENEY BB 8000 SRL, íntegro pago del capital reclamado de $ 100000, con más sus intereses, gastos y costas (CPCCN: 68)." "En cuanto a la regulación de honorarios, estése al procedimiento dispuesto en la ley 11.683: 92, el decreto 65/05 y la disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP." "Hágase efectivo el apercibimiento dispuesto en el CPCCN: 41."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia en el expediente.

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