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SCHNEIDER, NESTOR MAURICIO c/ CONTAINERS SERVICE S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra Containers Service S.R.L., Gen Pol S.A. y otros solicitando reconocimiento de relación de dependencia, indemnizaciones y diferencias. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de grado al aplicar el artículo 55 de la ley 27.802 como mecanismo de actualización del capital de condena y confirmó en lo demás la decisión de primera instancia.

Despido Responsabilidad solidaria Art. 26 lct Art. 55 ley 27.802 Actualizacion monetaria Inconstitucionalidad dnu 34/19 Costas Honorarios Prueba testimonial Autenticidad telegramas.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Néstor Mauricio Schneider. Demandado: Containers Service S.R.L., Gen Pol S.A., Rubén Alberto Burgos, Jorge Daniel Burgos, Transportes RM S.A. y otros. Objeto: Acción por despido; reconocimiento de relación de dependencia y condenas indemnizatorias (incluyendo agravadas y art. 80 LCT / art. 2 Ley 25.323), diferencias salariales, horas extraordinarias, extensión de responsabilidad y actualización de la condena. Decisión: La Cámara confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda; modificó la sentencia en cuanto al mecanismo de actualización del capital nominal de condena, disponiendo la aplicación del art. 55 de la ley 27.802 desde la fecha en que cada suma es debida (17/04/2020) hasta el efectivo pago; impuso costas y reguló honorarios conforme lo consignado en el voto.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) Sobre la valoración testimonial y la condena en los términos del art. 26 LCT: "Los memoriales recursivos no constituyen una crítica concreta y razonada en los términos del art. 116 de la ley 18.345, sino una mera discrepancia con lo decidido en grado, pues las recurrentes se limitan a cuestionar la valoración efectuada por el magistrado respecto de la declaración testimonial de Kippes -ofrecido por la parte actora-, al sostener que existiría una contradicción en sus dichos... Tales manifestaciones no resultan incompatibles entre sí, sino que describen distintos sectores de un mismo predio... A mayor abundamiento, cabe señalar que mediante providencia de fecha 24/02/2025 se hizo efectivo el apercibimiento dispuesto por la falta de exhibición de la documentación requerida para la realización de la pericia contable, circunstancia que torna aplicable la presunción prevista en el art. 55 de la LCT." 2) Sobre la inconstitucionalidad del DNU 34/19 (duplicación indemnizatoria): "En cuanto al planteo de inconstitucionalidad, cabe recordar que nuestro más Alto Tribunal ha sostenido reiteradamente que la declaración de inconstitucionalidad de una norma constituye un acto de suma gravedad institucional... resulta necesaria la demostración de un perjuicio concreto derivado de la aplicación de la norma cuestionada y no la mera invocación de agravios genéricos o conjeturales, extremo que no se verifica en el caso. En consecuencia, propongo desestimar los planteos articulados." 3) Sobre diferencias salariales, categoría y horas extras: "El Sr. Juez a quo concluyó que no se encontraba acreditado que hubiera desempeñado las tareas correspondientes a la categoría 'Administrativo de Primera Logístico' prevista en el CCT 40/89... el memorial recursivo no constituye una crítica concreta y razonada en los términos del art. 116 de la LO, pues la recurrente no rebate el fundamento expuesto por el sentenciante... En tales condiciones, no corresponde examinar el planteo vinculado con la falta de intimación a la demandada para presentar el legajo del actor en los términos del art. 388 del CPCCN, por cuanto dicha medida probatoria se vincula con un reclamo que no fue oportunamente deducido." 4) Sobre indemnizaciones agravadas y autenticidad de telegramas: "la recurrente ni siquiera individualiza cuáles son las indemnizaciones agravadas cuyo rechazo cuestiona. A ello se suma que tampoco rebate el fundamento central de la sentencia de grado, relativo a que no produjo la prueba informativa al Correo Oficial de la República Argentina a fin de acreditar la autenticidad de los telegramas de intimación acompañados con la demanda, circunstancia que llevó al rechazo de las indemnizaciones previstas en el art. 80 de la LCT y en el art. 2 de la ley 25.323." 5) Sobre extensión de responsabilidad contra Rubén Alberto Burgos: "el memorial recursivo no constituye una crítica concreta y razonada... la recurrente no se hace cargo del fundamento central del fallo recurrido, consistente en que no se acreditaron las irregularidades registrales invocadas... el magistrado de grado atribuyó responsabilidad a Gen Pol S.A. y Containers Service S.R.L. en su carácter de empleadoras, con fundamento en el art. 26 de la LCT." 6) Sobre el mecanismo de actualización y aplicación del art. 55 ley 27.802 (parte modificatoria): "En consecuencia, corresponde modificar la sentencia recurrida en este aspecto y, en su mérito, disponer que el capital nominal de condena será acrecido desde que cada suma que lo compone es debida -17/04/2020
- y hasta la fecha de su efectivo pago, conforme lo dispuesto en el art. 55...". Asimismo el voto desarrolla extensamente el razonamiento doctrinal y jurisprudencial que justifica la aplicación del art. 55, la pauta legal exacta del artículo y la referencia a la capitalización e imputación desde el nacimiento de cada suma debida. 7) Sobre costas y honorarios (resumen de disposiciones): "postulo que las costas de primera instancia se impongan a cargo de las demandadas vencidas, Containers Service S.R.L. y Gen Pol S.A.... En atención al mérito y extensión de la labor desarrollada... corresponde regular los honorarios... en el 17%, 15%, 15%, 17% y 6%, respectivamente, del monto total de condena -capital e intereses
- (representación y patrocinio letrado de la parte actora, Gen Pol S.A., Containers Service S.R.L., Rubén Alberto Burgos y perito contadora). En alzada... propongo regular los honorarios... en el 30%, respectivamente, de lo que les corresponda percibir en la instancia de origen."
- Votos: Voto mayoritario (Dr. Alejandro H. Perugini adhiere a lo expuesto por Dr. Mario S. Fera). No se registran votos en disidencia.

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