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BUERA PABLO MARCELO c/ COSTER PACKAGING S.A. s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

El actor promovió acción civil por accidente de trabajo contra Coster Packaging S.A. y se discutió la intervención de la A.R.T. Asociart S.A. La Cámara modificó la sentencia de grado y ordenó que las costas causídicas de la intervención de Asociart S.A. A.R.T. se imputen en el orden causado, confirmó el resto de lo resuelto y reguló honorarios por la alzada.

Accidente de trabajo A.r.t. Costas Orden causado Apelacion Honorarios Peritos Cpccn art. 68 Intervencion de tercero Camara nacional de apelaciones del trabajo

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Buera, Pablo Marcelo (actor). Demandado: Coster Packaging S.A. (demandada); se citó como tercero a Asociart S.A. A.R.T. Objeto: Acción civil por accidente (reparación por accidente de trabajo). Decisión: La Cámara modificó la sentencia de la anterior instancia en cuanto a la atribución de las costas derivadas de la actuación de la tercero citada Asociart S.A. A.R.T., imponiéndolas en el orden causado; confirmó el resto de lo decidido por la instancia anterior; reguló costas de alzada en el orden causado y fijó los honorarios de las constancias de alzada en el 30% de lo que correspondió en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "La sentencia dictada en la anterior instancia que rechazó la demanda e impuso las costas de la citación de Asociart S.A. A.R.T. a cargo de la demandada suscitó las apelaciones que se concedieron a ésta última, recibiendo contestaciones tanto de la actora como de la aseguradora, todo ello de conformidad con las constancias obrantes en el sistema de gestión judicial Lex 100." "En cuanto a las costas derivadas de la actuación de la representación letrada de la empleadora, coincido con la juez de grado anterior en que las particulares circunstancias de la causa convalidan un apartamiento del principio objetivo de la derrota que rige la materia, que carece del carácter absoluto que pretende la apelante (conf. art. 68 del CPCCN)." "En cambio, habrá de modificarse por mi intermedio lo decidido en torno a la atribución de los gastos causídicos derivados de la intervención de Asociart S.A. A.R.T., que serán soportados en el orden causado al igual que los de las partes, habida cuenta que ante el tenor y alcance de la acción, la demandada en principio válidamente pudo considerar necesaria su intervención en el proceso en el marco de la cobertura aseguradora vigente al tiempo de los hechos debatidos en la presente causa, de conformidad con lo dispuesto en el art. 94 del CPCCN (conf. art. 68 del CPCCN)." "Por tales razones, propondré que se modifique la sentencia dictada en la anterior instancia y se atribuyan en el orden causado las costas derivadas de la actuación del tercero." "Respecto de la regulación de honorarios de los peritos intervinientes en la causa, que recibieron impugnaciones de la demandada por considerarlos elevados en su totalidad, en mi opinión los emolumentos en cuestión resultan ajustados teniendo en cuenta la calidad, mérito y extensión de las tareas llevadas a cabo." Voto de adhesión: "Por análogos fundamentos, adhiero al voto que antecede." Parte resolutiva relevante: "I) Modificar la sentencia de la anterior instancia e imponer las costas de la tercero citada Asociart ART S.A. en el orden causado y confirmar el resto que fue materia de apelación. II) Costas de alzada en el orden causado. III) Por las actuaciones desplegadas ante esta instancia, regular los honorarios de la representación letrada de las partes en el 30% de lo que les correspondió por la anterior instancia."

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