Logo

DURAN, EDUARDO MARCELO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor impugnó una resolución administrativa que declaró la inexistencia de incapacidad por accidente de trabajo. La Cámara revocó la decisión de primera instancia y ordenó remitir el expediente para producir la prueba pericial ofrecida, por considerar que correspondía un control judicial amplio y la producción de prueba para garantizar la tutela judicial efectiva.

Recurso de apelacion Accidente de trabajo Incapacidad Comision medica Prueba pericial Tutela judicial efectiva Ley 27348 Revocatoria Produccion de pruebas Art

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Eduardo Marcelo Durán. Demandado: Provincia ART S.A. Objeto: Impugnación de resolución administrativa (Comisión Médica 010 homologada el 26/05/2025) que concluyó ausencia de incapacidad derivada del accidente laboral ocurrido el 10/10/2024; se solicita producción de prueba pericial para acreditar minusvalía indemnizable. Decisión: La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo —Sala VI— revocó la decisión de grado que había declarado desierto el recurso contra la resolución administrativa y ordenó remitir las actuaciones al juzgado que siga en turno para que se produzca la prueba ofrecida por la recurrente y se dicte sentencia definitiva; diferirá la decisión sobre costas y honorarios para el fallo definitivo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "El trabajador cuestiona el fallo de primera instancia que declaró desierto el recurso oportunamente interpuesto contra la resolución administrativa adversa y entiendo que su impugnación debe ser receptada. En efecto, nos movemos dentro del amplio campo recursivo impuesto por el art. 2º de la ley 27.348 y la doctrina del Superior (CS, caso “Pogonza”) y se presenta una situación dudosa porque estamos ante un trabajador de la industria de la construcción de edad madura –nació en 1971
- al que se le diagnostico “hernia inguinal” como producto de un sobreesfuerzo laboral (folio 23) y, en sede administrativa, se concluyó que había curado sin secuelas a pesar que, prima facie, no pudo conservar su empleo." "La decisión adoptada en grado debe revocarse. Ello así, porque la parte actora efectuó una crítica concreta y razonada del aspecto de la decisión administrativa que le resultó adversa y se requerían mayores pruebas para arribar a una solución adecuada, evaluada la presentación dentro de los márgenes de razonabilidad argumental." "En este marco conceptual, le asiste razón a quien recurre cuando objeta lo resuelto en grado, en el sentido que no debió definirse el pleito sin antes producirse la prueba pericial ofrecida, apta para ilustrar a la jurisdicción acerca de los cuestionamientos a la decisión administrativa, tal como, cabe resaltar, fue postulado por el Ministerio Público Fiscal actuante ante la instancia anterior." Resolución final del acuerdo: "1) Revocar la decisión apelada; 2) Disponer la remisión de los autos al juzgado que sigue en orden de turno, a fin de que se provea la prueba ofrecida por la recurrente y se dicte oportunamente sentencia y 3) Diferir la decisión sobre costas y honorarios para el momento del dictado del fallo definitivo."
- Votos: Voto mayoritario integrado por Dra. Gabriela A. Vázquez y Dra. Diana R. Cañal adhiriendo al planteo de revocar; Dr. Carlos Pose propuso nulidad y devolución para nuevo sorteo pero resolvió la Sala conforme al acuerdo mayoritario.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar