NUÑEZ ELENO SALVADOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES solicitando la redeterminación y movilidad de su haber previsional, incluyendo la actualización de la PBU, PC y PAP y la declaración de inconstitucionalidad de normas vigentes. El Juzgado hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó recalcular el haber y abonar retroactivos conforme pautas fijadas, difiriendo ciertos planteos de inconstitucionalidad para la etapa de ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: NUÑEZ ELENO SALVADOR (parte actora titular del beneficio N 14 0 1202600 0 1).
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Objeto: Redeterminación del haber previsional (actualización de Prestación Básica Universal -PBU-, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber, declaración de inconstitucionalidad de diversas disposiciones de las leyes 24.241 y 24.463 y cuestiones vinculadas al descuento del Impuesto a las Ganancias.
Decisión: Se hizo parcialmente lugar a la demanda; se ordenó a ANSES recalcular el haber y abonar los retroactivos conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se difirieron para ejecución varias cuestiones de inconstitucionalidad y se dispuso que ANSES se abstenga de retener impuesto a las ganancias sobre el haber y sobre eventuales retroactivos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Sobre el cálculo de incidencia de la falta de actualización de la PBU y fórmula a aplicar:
"A tal fin, deberá realizar el siguiente cálculo: (PBU reajustada – PBU sin reajustar) = “A”. Ese importe será multiplicado por 100, y luego dividido por el HABER INICIAL REAJUSTADO según sentencia (PBU sin reajustar + PC reajustada + PAP reajustada) = “B”. Dicho resultado (A x 100 / B), arrojará la incidencia porcentual que implica la falta de actualización de la PBU, la cual deberá ser mayor a 15."
2) Sobre el tratamiento del Impuesto a las Ganancias:
"resuelvo que, hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto ... no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la parte actora."
y respecto de los retroactivos: "corresponderá definir que la probable suma que se devengue en autos, corresponde a capital e intereses no imponibles ... No corresponde afectar impositivamente el saldo retroactivo percibido en concepto de diferencias por prestaciones previsionales mal abonadas."
3) Dispositivo principal (parte final de la resolución):
"RESUELVO: 1) Hacer parcialmente lugar a la demanda interpuesta por la parte actora dejando sin efecto la resolución impugnada; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días hábiles, a partir de que la sentencia quede firme ... 3) Diferir el tratamiento de las inconstitucionalidades mencionadas en los considerandos respectivos para el momento de la ejecución de la sentencia; ... 5) Imponer las costas a cargo de la parte demandada ..."
- Votos en disidencia: No existen votos en disidencia en este fallo.
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