LOPEZ, HECTOR ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contencioso-administrativa contra ANSES solicitando reajuste y movilidad de su haber previsional. El Juzgado hizo lugar parcial a la demanda, ordenó el recálculo del haber inicial y pago de diferencias retroactivas conforme pautas legales y doctrinales, y declaró la inconstitucionalidad del régimen del impuesto a las ganancias y del art. 3 del Decreto 157/2018.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: LOPEZ, HECTOR ANTONIO, titular de un beneficio previsional otorgado conforme Ley 24241.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Objeto: Reajuste y movilidad de haberes previsionales, determinación del haber inicial, actualización de remuneraciones, inconstitucionalidad de normas (art. 7 y 9 Ley 24463; leyes de movilidad 26.417, 27.426, 27.609; bonos; topes), aplicación de intereses y otras medidas accesorias.
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda: revocó el acto administrativo impugnado; ordenó a ANSES recalcular el nuevo haber computando la totalidad de los aportes autónomos efectivamente realizados y actualizar el haber inicial conforme leyes 26417, 27426, 27609 y concordantes; ordenó el pago de diferencias retroactivas con intereses conforme tasa pasiva promedio publicada por el BCRA; declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de determinados artículos de la ley de impuesto a las ganancias y del art. 3 del Decreto 157/2018; impuso costas a ANSES; diferió regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
1) Sobre recálculo de aportes autónomos y pautas aplicables:
"en lo que respecta a los aportes cometidos en calidad de autónomos corresponde que la demandada proceda a efectuar el recálculo del haber inicial computando a tal fin la totalidad de los aportes autónomos realizados, y conforme las pautas dadas por la CSJN en los autos 'Makler, Simón c/ ANSES s/ inconstitucionalidad ley 24463' (sentencia del 20/05/2003). Se aclara, que dichas pautas no son aplicables a los aportes autónomos ingresados mediante moratoria ley 24.476, en el caso de que los hubiera, atento que la aplicación del fallo 'Makler' corresponde únicamente al reajuste de los haberes efectivamente aportados en forma autónoma durante la vida laboral."
2) Sobre actualización del haber inicial y movilidad:
"corresponde que la demandada proceda a efectuar la actualización del haber inicial del actor en base a las pautas establecidas en las leyes 26417, 27426 y 27609 y concordantes ..."
3) Sobre rechazo de inconstitucionalidades genéricas y reservas para liquidación:
"En el presente caso no se ha acreditado que en la actualidad la norma produzca al actor perjuicio alguno que justifique la medida extrema de declarar su inconstitucionalidad. Por ello, se rechaza la inconstitucionalidad planteada, sin perjuicio de dejar a salvo el derecho del accionante de plantear nuevamente la cuestión cuando se presenten los extremos invocados precedentemente."
4) Sobre intereses moratorios y compensatorios:
"resultando el planteo extemporáneo por ante tempus, dado que el Juez solo se encuentra habilitado a resolver frente a una situación de mora efectivamente producida y tal no es el caso de autos... En consecuencia, cabe tomar nota de la voluntad del actor de reclamar tales intereses en el supuesto de verificarse la situación de mora que le dé sustento, debiendo realizar nuevamente el planteo en dicha oportunidad."
5) Sobre impuesto a las ganancias (citas y fundamentos y la conclusión declarativa):
"no puede considerarse al haber previsional como una ganancia. La ganancia es una utilidad obtenida por una prestación o una renta; y el haber jubilatorio o de pensión, no cuenta con estas características, por el contrario, su finalidad es paliar la contingencia vejez, y está financiado por los aportes efectuados durante la vida activa."
"Por todo ello, corresponde declarar la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen de impuesto a las ganancias contemplado en los 1º, 2, 82 inc.'c' y cctes de la ley 20.628 y su modificación dispuesta por leyes 27.346, 27430, 27725 y 27743, de cualquier otra norma, reglamento, circular o instructivo que se dictare en consonancia, en la medida que mantiene a las jubilaciones, pensiones, retiros y subsidios sujetos al régimen de ganancias..."
6) Sobre Decreto 157/2018 y costas:
"corresponde imponer las costas del proceso a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL dado que la validez del art. 36 de la Ley 27423, importa el desplazamiento -derogación tácita
- del art. 21 de la Ley 24.463."
"Declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del Decreto 157/2018 por las razones dadas en el Considerando respectivo siguiendo la doctrina de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en la sentencia.
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