GONZALEZ, MARIA ALFONSINA (POR LA REPR. INVOCADA) c/ JERARQUICOS SALUD s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió acción de amparo contra Jerárquicos Salud para obtener la cobertura integral y sin topes de 250 pañales descartables mensuales para su hija menor con discapacidad. El Juzgado hizo lugar al amparo y ordenó a la obra social la cobertura integral del suministro indicado, por entender acreditada la prescripción médica y la arbitrariedad de la limitación económica impuesta.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sra. M. A. G. en representación de su hija menor D. M.
Demandado: Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales (JERARQUICOS SALUD / OSECAC).
Objeto: Cobertura integral, continua y sin topes ni limitaciones económicas de DOSCIENTOS CINCUENTA (250) pañales descartables mensuales marca Pampers Pants (XXXG) o equivalente, por prescripción médica.
Decisión: Se hizo lugar al amparo y se ordenó a Jerárquicos Salud brindar cobertura integral al 100% y sin topes ni limitaciones económicas de 250 pañales mensuales (Pampers Pants XXXG o equivalente), previa confección de recetas y formularios y tramitación por los canales correspondientes; se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios profesionales.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En virtud de ello, la cuestión planteada deberá analizarse a partir de lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Nacional y disposiciones contenidas en la ley 16986, en tanto no contraríen el espíritu establecido en la Carta Magna."
"Que, en el presente amparo, el problema surge en tanto la amparista solicitó la cobertura de 250 pañales XXXG mensuales para su hija y la obra Social procedió a autorizar un sistema de reintegro máximo mensual de $90.000."
"Privar a la afiliada del uso de los insumos indicados por la médica que la asiste, resulta lesivo para la paciente y contrario a la función propia de todo agente de salud, afectando seriamente su vida, constituyendo una actitud arbitraria y que perjudica derechos fundamentales de la niña."
"Que los argumentos expuestos por la demandada no resultan acertados, por cuanto la prescripción se encuentra fundada por el médico especialista, avalado por su especialidad en la materia y su criterio médico, lo que no puede ser desconocido o rechazado por la accionada... Resulta atinado concluir que dichos insumos podrían constituir el adecuado tratamiento que requiere la paciente, extremo que, por otra parte, no ha sido desvirtuado por la demandada, la cual solo ha procedido a otorgar un subsidio económico que resulta insuficiente ante la realidad de la actora."
"Que, en virtud de lo expuesto precedentemente debe hacerse lugar a la pretensión de amparo interpuesta por la Sra. M. F. G., en nombre y representación de su hija, la niña D.M., y ordenar a JERARQUICOS SALUD proceda a brindarle, la cobertura integral al 100%, continua, efectiva y sin topes ni limitaciones económicas, de la provisión de DOSCIENTOS CINCUENTA (250) pañales descartables mensuales marca Pampers Pants (XXXG)..."
(Se consignan además los considerandos sobre Constitución, ley 16986, ley 26.061, leyes 22431 y 24901, Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la doctrina de la Corte Suprema respecto de la primacía de la prescripción médica.)
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia.
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