MARTINENGO, OSCAR ARSENIO c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
El actor promovió acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero solicitando que se declare la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre haberes jubilatorios y la devolución de retenciones. El tribunal admitió el allanamiento de la demandada, hizo lugar a la demanda declarando la inconstitucionalidad de las normas impugnadas, ordenó la suspensión de descuentos y la restitución de las sumas retenidas con más intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MARTINENGO, OSCAR ARSENIO.
Demandado: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (antes AFIP).
Objeto: Declaración de inconstitucionalidad y/o inaplicabilidad de diversas normas de la Ley de Impuesto a las Ganancias respecto de la percepción sobre prestaciones previsionales; que la demandada se abstenga de efectuar descuentos sobre el haber jubilatorio y la devolución de las retenciones practicadas por el período de prescripción con intereses y costas.
Decisión: Se admitió el allanamiento de la demandada y se hizo lugar a la demanda. Se declaró la inconstitucionalidad de las normas impugnadas y se ordenó a la demandada abstenerse de retener impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional hasta que el Congreso legisle; se ordenó la restitución de las sumas retenidas en los cinco años anteriores con aplicación de interés desde la retención; se impusieron costas al orden causado y se regularon honorarios de la actora en 10 UMA.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal):
"1) Que el allanamiento es uno de los modos anormales de culminación del proceso, contemplado por el art. 307 del ordenamiento ritual, que consiste en el reconocimiento de las pretensiones de la contraria, pudiendo realizarse el mismo en cualquier momento anterior a la sentencia.
De los términos de la presentación realizada por la accionada, surge que dicha parte se ha allanado en forma real, incondicionada, oportuna y total a la pretensión de la parte actora, por lo que corresponde admitir el allanamiento formulado."
"Efectuadas dichas precisiones, y atento al reclamo formulado por la parte actora en el escrito de demanda, corresponde admitir el allanamiento planteado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a la pretensión formulada por la parte actora y en consecuencia hacer lugar a la demanda entablada por el/la actora en su contra. Declarar la inconstitucionalidad de la/s normas cuestionada/s en la demanda, y ordenar a ésta se abstenga de descontar al/a la actor/a suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional, hasta tanto el Congreso legisle sobre el punto, conforme fuera decidido en el precedente “García” de la CSJN.
Asimismo, deberá restituir los montos que se hubieran retenido por aplicación del impuesto a las ganancias, desde lo cinco (5) años previos a la fecha de interposición de la demanda o del reclamo administrativo, si éste se hubiese presentado. Paralelamente, se ordena a la demandada que en el plazo de diez (10) días de quedar firme está sentencia, presente la liquidación correspondiente a los fines del inicio del trámite de previsión presupuestaria para el reintegro de las sumas que se hubieren retenido por la normativa descalificada, del modo señalado anteriormente."
"A las sumas cuyo reintegro se ordena deberá aplicarse el interés de la tasa pasiva promedio que mensualmente publica el Banco Central de la República Argentina, desde que cada suma fue retenida, conforme lo expuesto en los considerandos anteriores a los que me remito íntegramente."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: