Incidente Nº 9 - IMPUTADO: SAMUDIO, SOLEDAD SANTINA Y OTRO s/Queja por impugnación denegada (Art. 361 CPPF)
La fiscalía interpuso queja por denegación de impugnación solicitando prórroga de la investigación preparatoria y la extensión de medidas de coerción. El Juez de Revisión hizo lugar a la queja, revocó las resoluciones de grado y autorizó la prórroga de la IPP y de las medidas cautelares por 30 días, sosteniendo que la denegatoria fue arbitraria y contraria a la interpretación armónica del CPPF.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por Dr. Julio Zárate, Fiscal General Interino a cargo de la Unidad Fiscal Río Gallegos.
Demandado: Resoluciones del Juzgado de Garantías (actuaciones contra la imputada Yaila Romina Cornejo y la decisión de denegar prórroga).
Objeto: Queja por impugnación denegada contra la resolución que denegó la prórroga de la investigación preparatoria y rechazó la extensión de las medidas de coerción; se solicitó revocar y conceder prórroga por 30 días.
Decisión: Se admitió la queja, se declaró mal denegada la impugnación, se revocaron las resoluciones de 6 y 8 de julio de 2026 y se autorizó la prórroga de la IPP y de las medidas de coerción por TREINTA (30) días a partir del 04/08/2026.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que la presente carpeta judicial llega a conocimiento de este Juez de revisión en virtud del recurso de queja por denegación de impugnación interpuesto por el Dr. Julio Zárate, Fiscal General Interino a cargo de la Unidad Fiscal Río Gallegos, en los términos de los artículos 53 inc. d) y 361 del Código Procesal Penal Federal (CPPF)."
"En consecuencia, corresponde admitir el recurso de hecho formulado y declarar habilitada la instancia de revisión."
"Ciertamente la resolución que deniega arbitrariamente una prórroga de la investigación preparatoria e impide al Ministerio Público completar diligencias sustanciales —consecuencia que imposibilita la prosecución adecuada de la acción penal — constituye un pronunciamiento equiparable a definitivo que causa un gravamen insusceptible de reparación ulterior."
"La primera fuente de interpretación de la ley es su letra... 'La etapa preparatoria tendrá una duración máxima de UN (1) año desde la formalización de la investigación.' ... Por ende, el artículo 266 del CPPF, si bien otorga al Juez de Garantías la facultad de establecer prudencialmente la duración de la etapa de investigación atendiendo a la complejidad del caso y a las circunstancias particulares de la causa, dispone claramente que ello debe realizarse siempre en el marco y con el horizonte temporal de un (1) año fijado en el art. 265 del CPPF."
"Denegar la prórroga de 30 días solicitada —contando además con la conformidad o la no oposición de la defensa procesal — configura un exceso ritual y una vulneración al principio acusatorio y a la división de funciones (arts. 9 y 10 del CPPF)..."
"Habiéndose determinado la invalidez del rechazo de la prórroga de la IPP y disponiéndose su concesión por el término de treinta (30) días solicitados, corresponde de igual modo dejar sin efecto la negativa de extensión de las medidas cautelares..."
Resolutorio: "I.
- ADMITIR la queja... II.
- HACER LUGAR a la impugnación... III.
- AUTORIZAR LA PRÓRROGA de la Investigación Penal Preparatoria... por el término de TREINTA (30) DÍAS... IV.
- DISPONER LA PRÓRROGA del plazo de vigencia de las medidas de coerción impuestas a Yaila Romina Cornejo... por el término de TREINTA (30) DÍAS..."
Fechas y montos relevantes: formalización de la investigación 12/02/2026; paquete con 5.329,3 gramos de cannabis sativa; imputada se presentó a retirar el 06/02/2026; prórroga concedida previamente el 07/05/2026 por 60 días (vencimiento 06/07/2026); nueva solicitud de prórroga de 30 días el 06/07/2026; denegatoria del juez de garantías 06/07/2026 y auto que declara inadmisible la impugnación 08/07/2026; resolución del Juez de Revisión 04/08/2026 autorizando prórroga desde esa fecha por 30 días.
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