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ISA, HECTOR LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor reclamó reajustes por movilidad jubilatoria y la inconstitucionalidad de normas de movilidad y retenciones. El Juzgado declaró prescrita la pretensión respecto de lo anterior a los dos años previos, rechazó la inconstitucionalidad de las leyes 27.426 y 27.541, pero declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 desde 2022 y ordenó recomponer los haberes trimestralmente con fórmula IPC/RIPTE 50/50.

Movilidad jubilatoria Ley 27.609 Inconstitucionalidad Prescripcion liberatoria Ipc Ripte Retroactivos Impuesto a las ganancias Anses Seguridad social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Héctor Luis Isa, por derecho propio, con patrocinio de la Dra. Paula Andrea Marre. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Reajuste por movilidad de haber jubilatorio y pago de retroactivos; declaración de inconstitucionalidad de normas (art. 79 inc. c) ley 20.628; art. 9 ley 24.463; leyes 27.426, 27.541, 27.609 y DNU/Decreto 274/24). Decisión: Se hizo lugar a la excepción de prescripción liberatoria respecto de lo anterior a los dos años contados desde el reclamo administrativo (08/09/2025). Se rechazó la inconstitucionalidad de la ley 27.426 y de la ley 27.541; se declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 a partir de 2022 y se ordenó la actualización trimestral (marzo, junio, septiembre, diciembre) con fórmula compuesta 50% IPC (Nivel General INDEC) y 50% RIPTE hasta el trimestre ene-mar 2024 inclusive; se rechazaron la mayoría de los demás planteos salvo hipótesis concretas que deban probar confiscatoriedad; se declaró inconstitucional el art. 82 inc. c de la ley 20.628 en cuanto pueda gravar los retroactivos si superan el mínimo no imponible; se impusieron costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) Sobre prescripción: "De acuerdo con lo establecido en el art. 168 de la ley 24.241 (conf. art. 82 de la ley 18.037), prescribe a los dos años la obligación de pagar los haberes devengados con posterioridad a la solicitud del beneficio." "Conforme surge de las constancias de autos y del expediente administrativo agregado como prueba, el 08/09/2025 la parte actora efectuó reclamo administrativo ante la ANSeS ... Por lo tanto, corresponde hacer lugar a la excepción planteada, la que habrá de operar para el período transcurrido hasta los dos años anteriores tal fecha." 2) Sobre inconstitucionalidad de la ley 27.609: "la ley 27.609 estableció un mecanismo de movilidad ... En primer término, corresponde señalar que la ley fue sancionada el 29/12/2020 y que adquirió operatividad desde el mes de marzo de 2021 hasta el mes de junio de 2024..." "En punto a ello, y de acuerdo a lo señalado por la Cámara en el precedente 'ITALIANO' ... los aumentos otorgados en virtud de la ley 27.609 evidencian una insuficiencia progresiva frente al agravamiento del contexto económico y la aceleración del proceso inflacionario." "Conforme lo allí señalado, respecto al período mencionado, '...se generó un apartamiento progresivo entre la movilidad aplicada y los mencionados indicadores, que arroja como resultado una depreciación acumulada para los haberes de pasividad en el período comprendido entre los meses de enero de 2021 a marzo de 2024, del 97,29% en relación al IPC y del 66,18% en comparación al RIPTE, que implican en la práctica una pérdida del poder adquisitivo real de entre el 33,70% (RIPTE) y el 49% (IPC)'." "En función de lo expuesto, se resuelve declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 a partir del año 2022 y ordenar a la administración demandada a actualizar los haberes previsionales en forma trimestral ... con la fórmula indicada ... hasta el trimestre enero-marzo 2024 inclusive." 3) Sobre impuestos y retroactivos: "En función de lo expuesto, y conforme a los precedentes citados a cuyos fundamentos me remito y doy por reproducidos, se dispone que, en caso de que al practicar la liquidación del haber, de la suma retroactiva generada por dicho reajuste y de los intereses que derivan de dicho diferencial ... los montos resultantes en cada concepto superen el mínimo no imponible fijado para el tributo en cuestión, se declara la inconstitucionalidad del art. 82 inc. c de la ley 20.628 (conf. Decreto 824/2019)." 4) Sobre límites y alcance: "la declaración de inconstitucionalidad de un precepto de jerarquía legal constituye la más delicada de las funciones ... y configura un acto de suma gravedad que debe ser considerado como ultima ratio del orden jurídico" (cita CSJN). "El incremento resultante del ajuste ordenado, no podrá exceder el límite establecido por la CSJN en el precedente 'VILLANUSTRE, Raúl Félix c/ANSeS' ... asimismo, si del recálculo ... resultara un haber inferior al inicialmente discernido ... deberá estarse a este último (conf. CSJN in re 'PADILLA, María Teresa s/ANSeS')."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; resolución dictada por la Jueza Federal Maria Gabriela Marron.

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