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Incidente Nº 11 - QUERELLANTE: ORTIZ, PATRICIA ELIZABETH Y OTRO IMPUTADO: PASCUCCIO, GUIDO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

La Fiscalía promovió un recurso de inconstitucionalidad y un recurso extraordinario federal contra la misma decisión. La Cámara declaró inoficioso el tratamiento del reclamo de inconstitucionalidad por haberse resuelto el recurso extraordinario federal y por ello rechazó el incidente.

Incidente Inoficioso Recurso de inconstitucionalidad Recurso extraordinario federal Fiscalia Camara nacional de casacion en lo criminal y correccional Art. 27 y 28 ley 402 (caba) Art. 23 cppn Notificacion 04/08/2026

Actor: La Fiscalía (parte que presentó el recurso de inconstitucionalidad y el recurso extraordinario federal). Demandado: No se individualiza en el pronunciamiento; se impugna "la misma decisión" previamente recurrida. Objeto: Impugnación mediante recurso de inconstitucionalidad en los términos de los arts. 27 y 28 de la ley n.º 402 de la Ciudad y un recurso extraordinario federal contra una decisión judicial. Decisión: La Cámara declaró inoficioso el tratamiento del recurso de inconstitucionalidad por encontrarse resuelto el recurso extraordinario federal presentado por la Fiscalía, por lo que se dejó sin efecto el trámite del incidente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En la medida en que contra la misma decisión que aquí impugna la Fiscalía mediante recurso extraordinario federal, esa parte presentó un recurso de inconstitucionalidad en los términos del art. 27 y 28 de la ley n° 402 de esta Ciudad, que fue resuelto por esta Sala en el marco del incidente CCC 24990/2021/TO1/12, el tratamiento de aquella impugnación ha devenido INOFICIOSO, lo que ASÍ SE RESUELVE." "Se deja constancia de que, conforme surgió de la deliberación y en razón del voto de los magistrados Pablo Jantus y Alberto Huarte Petite, el juez Horacio Días no emite el suyo por aplicación de lo que establece el art. 23, último párrafo, CPPN (texto según ley 27.384)." Además se ordenó: "Por intermedio de la Oficina Judicial, regístrese, infórmese lo aquí decidido al tribunal correspondiente mediante oficio electrónico, notifíquese y comuníquese (Acordada nº 15/13 de la CSJN; LEX 100)."
- Votos: Mayoría integrada por Pablo Jantus y Alberto Huarte Petite; el juez Horacio Días se abstuvo de emitir voto conforme art. 23 último párrafo del CPPN.

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