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Legajo Nº 1 - IMPUTADO: BORDIGÑON, RUBEN JORGE LUJAN s/LEGAJO DE CASACION

El condenado solicitó inclusión al régimen de pre-libertad y declaró la inconstitucionalidad de normas (art. 14 CP y art. 56 bis Ley 24.660) por la reforma de la Ley 27.375. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación, respaldando la aplicación del régimen reformado y la doctrina plenaria sobre la constitucionalidad de las normas.

Casacion Inconstitucionalidad Ley 27.375 Art. 56 bis ley 24.660 Art. 14 cp Pre-libertad Progresividad Doctrina plenaria Prision Semilibertad

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Defensa particular de Rubén Jorge Luján Bordigñon (recurrente). Demandado: Resolución de la jueza con funciones de ejecución penal del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de La Plata. Objeto: Inclusión al régimen de pre-libertad / semilibertad y declaración de inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal y de los artículos 28 y 56 bis de la Ley 24.660 (reforma por Ley 27.375). Decisión: Se declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa, con costas; se dejó presente la reserva del caso federal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original preservado): "I. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de La Plata, bajo la actuación unipersonal y en funciones de ejecución penal de la jueza María Noel Costa, el 14 de mayo de 2026 –en lo aquí pertinente
- resolvió: “(I).
- RECHAZAR la solicitud de inclusión al régimen de pre libertad en favor del condenado Bordig[ñ]on […]”." "VIII. Que, en cuanto al planteo de inconstitucionalidad de los arts. 56 bis de la Ley 24660 y 14 del CP -según reforma introducida por la Ley 27375-, corresponde señalar, de modo liminar, lo resuelto por el Pleno de esta Cámara en el marco del Acuerdo No 7/2025, Plenario No 16, 'Tobar Coca, Néstor s/ inaplicabilidad de la ley', del 8 de abril de 2025, en cuanto se resolvió -por mayoría
- declarar como doctrina plenaria que '(r)esultan compatibles con el régimen de progresividad de la pena, con el principio de igualdad ante la ley y el principio de razonabilidad de los actos de gobierno los artículos 14 del Código Penal y 56 bis de la ley 24.660 (así como otras disposiciones concordantes en la materia) en cuanto estipulan que no corresponde conceder los beneficios allí referidos a quienes fueran condenados en orden a los delitos previstos en los arts. 5°, 6° y 7° de la ley 23.737 o a la que en el futuro la reemplace [...]'." "IX. Por todo lo expuesto, proponemos al Acuerdo declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de Rubén Jorge Luján Bordigñon, con costas (arts. 444, 530 y ccds. del CPPN); tener presente la reserva del caso federal (art. 14 de la ley 48)."
- Datos procesales y penales relevantes: la sentencia de origen condenó a Bordigñon a pena única de cuatro años y seis meses de prisión (varias sanciones acumuladas), con vencimiento de la pena el 16 de marzo de 2028; la jueza de ejecución rechazó la inclusión al régimen de pre-libertad el 14/05/2026.

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