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Incidente Nº 2 - IMPUTADO: FUENTES LAFERTTE, FERNANDO RENE (DC2) s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

La defensa particular de Fernando René Fuentes Lafertte interpuso recurso extraordinario federal contra la resolución que había rechazado el recurso de casación. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario por no plantear cuestión federal y por no acreditar defectos graves que configuren arbitrariedad, con costas.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La defensa particular de Fernando René Fuentes Lafertte (recurrente). Demandado: Contradicción con lo resuelto por la Cámara en instancia previa; el Ministerio Público Fiscal contestó el traslado. Objeto: Admisibilidad del recurso extraordinario federal interpuesto contra la decisión que rechazó el recurso de casación. Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Fuentes Lafertte, con costas; resolución de fecha 4 de agosto de 2026.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "I. Que, el 12 de mayo de 2026, esta Sala I, con integración parcialmente distinta, resolvió: “(R)ECHAZAR el recurso de casación interpuesto por la defensa particular de Francisco Javier Ramírez Gálvez, Fernando René Fuentes Lafertte y Daniel Esteban Hermosilla Grez, con costas (arts. 470 y 471 -a contrario sensu-, 530, 531 y ccs. del CPPN) […]” (el destacado y las mayúsculas pertenecen al original, Reg. 403/26)." "IV. Que, como lo sostuvo en jurisprudencia reiterada la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el recurso extraordinario federal exige, entre otros requisitos para su procedencia, que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en la especie no ocurre (Fallos: 306:136; 305:1694 y 147:371, entre otros)." "V. Además, no corresponde hacer lugar a la excepción de la doctrina de la arbitrariedad de sentencia, por cuanto en atención al carácter restrictivo de su admisión, para que prospere la impugnación con ese respaldo es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo que la defensa no consiguió probar en su presentación (Fallos: 311:1695)." "VI. Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el representante del Ministerio Público Fiscal, el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa particular de Fernando René Fuentes Lafertte, no puede prosperar y debe ser declarado inadmisible, con costas." Resolución final: "DECLARAR INADMISIBLE el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa particular de Fernando René Fuentes Lafertte; por mayoría, con costas (arts. 14 y 15 de la Ley 48; arts. 68, 69 y 257 del CPCCN)."
- Votos: Votaron en mayoría los jueces Petrone, Barroetaveña y Slokar; Slokar propuso inadmisibilidad sin costas; la resolución fue por mayoría declarando la inadmisibilidad con costas. Fecha de resolución: 4 de agosto de 2026.

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